Según el Código de Comercio, las empresas deben llevar dos libros contables.

¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

 

 

Se trata de un tributo que grava las rentas obtenidas por las sociedades y demás entidades jurídicas que residen en territorio español. Pero, ¿quiénes están obligados a pagar el impuesto? Pues la mayoría de las pymes.

Las pequeñas empresas están obligadas a presentar el Impuesto de Sociedades, hayan tenido o no actividad.

Por tanto, tramitar el impuesto, supone llevar un control exhaustivo de la contabilidad mercantil. El modus operandi se resume en dos libros contables:

 

  • Libro diario: aquí se anotarán todas las operaciones día a día con su importe correspondiente.
  • Libro de inventarios y cuentas anuales: por un lado figurará un balance inicial contable detallado de la empresa, y por el otro lado, un balance de comprobación, es decir, trimestralmente, deben transcribirse las sumas y saldos de las cuentas. Además, debe registrarse el inventario a cierre de ejercicio y contener las cuentas anuales.

 

Sin embargo, las empresas tienen la obligación de presentar libros que registren su situación societaria, por ejemplo, el libro de actas o el libro de acciones nominativas para las sociedades anónimas…

Otro de los aspectos fundamentales sería la legalización de cada uno de los libros ante el Registro Mercantil del domicilio social de la empresa en los cuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio. 

Para finalizar, si tenemos una empresa y estamos obligados a presentar el Impuesto de Sociedades, hay que tener cuidado, y conservar todos los libros contables y societarios durante seis años.

 
Fuente: Cincodias.com

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