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Constitución de SL Express

La Constitucion Sociedad Limitada Express tiene las mismas caracteristicas que la Constitucion SL normal.

Reducción de los plazos

Los plazos para la constitución de una Sociedad Limitada se reducen considerablemente:

  1. El Registro Mercantil Central deberá expedir de forma telemática la certificación negativa de que no existe otra sociedad con esa misma denominación en el plazo de un día hábil contado desde la solicitud.
  2. No es necesario esperar para la redacción de los Estatutos sociales ya que existe la posibilidad de utilizar los modelos aprobados por el Ministerio de Justicia de Estatutos para la Sociedad Limitada (o, en su caso, de Estatutos para la Constitucion Sociedad Limitada Nueva Empresa).
  3. La escritura notarial de constitución de la sociedad deberá firmarse en el plazo de un día hábil contado desde la recepción en la Notaría de la certificación telemática negativa de denominación social expedida por el Registro Mercantil Central, siempre que en ese momento el Notario disponga ya del resto de los datos necesarios que deben aportar los interesados.
  4. Por su parte, el Registrador Mercantil deberá inscribir la escritura de constitución en el plazo de tres días hábiles contados desde la recepción telemática de la escritura notarial.
  5. El sistema procede al Registro de Ficheros en la Agencia de Protección de Datos si fuese necesario.
  6. Puede solicitarse la Inscripción de Marcas o Nombres Comerciales.
  7. Puede solicitarse el Registro de un dominio .es.
  8. Mediante este sistema no sólo podemos constituir la sociedad, sino que además podemos aprovechar para tramitar el Registro de Ficheros en la Agencia de Protección de Datos, solicitar la Inscripción de una Marca o Nombre Comercial e incluso el Registro de un dominio en Internet.

Reducción de los gastos notariales y registrales.

Se abaratan los gastos notariales y registrales:

  1. Si se constituye una Sociedad Limitada con capital no sea superior a 3.000 euros y con los estatutos adaptados a los aprobados por el Ministerio de Justicia, se aplicará como aranceles notariales y registrales la cantidad fija de 100 euros para el notario y 80 para el registrador.
  2. La publicación de la inscripción de la sociedad en el Boletín Oficial del Registro Mercantil estará exenta del pago de tasas.
  3. Trámites para constituir una Sociedad Limitada (SL) o Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE).
  4. Para iniciar el procedimiento tiene que dirigirse a Gestoria eMadrid C/General Alvarez de Castro, 41 Oficina 10 Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  Tel. 914458632
  5. Si desea constituir una sociedad de responsabilidad limitada (SL) y la tramitación quiere realizarla directamente a través de Internet (sin acudir al PAIT), deberá conservar el nombre de la empresa antes de empezar a crearla.
  6. El primer paso que debe realizar es cumplimentar un documento que contiene toda la información requerida para el establecimiento de la empresa, y luego pasarlo electrónicamente a diferentes autoridades para completar el proceso. También se incluye el nombre de la empresa, y automáticamente se solicitará cita a la notaría.
  7. Una vez completado, deberá acudir a la notaría para ejecutar el contrato de formación de la empresa y proporcionar prueba del pago de capital en ese momento.
  8. Desde allí, el sistema envía la parte correspondiente del DUE e a cada sujeto para ejecutar el programa dentro de su autoridad, por lo que el interesado no tiene que realizar más gestiones.
  9. Pasos de composición:
  • Paso 1: Completar el DUE: Documento único electrónico en el centro PAIT o de forma online
  • Paso 2: Conservación del nombre de la empresa (solo SLNE)
  • Paso 3: Otorgar el certificado de constitución (firmado en la notaría y enviado a otras autoridades competentes telemáticamente)
  • Paso 4: Solicitar un NIF provisional
  • Paso 5: Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos relacionados
  • Paso 6: Registro en el Registro Mercantil Provincial (RMP)
  • Paso 7: Gestiones en la Seguridad Social
  • Paso 8: Emisión de la escritura de registro
  • Paso 9: Solicitar el NIF final
  • Paso 10: Registro de los ficheros personales en la AEPD: Agencia Española de Protección de Datos

 Si tras esta información, estás decidido a llevar a cabo la creacion de una empresa express, contacta con nosotros: 

Tlfn: 91 445 86 32

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