Si estás pensando hacer una donación te explicamos cuales son la ventajas fiscales de las que te puedes beneficiar este año 2014 y te informamos de las nuevas medidas sobre donaciones de la reforma fiscal para el año 2015.



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Cuando realizamos una donación, entregamos una cantidad económica o un bien determinado a una entidad sin ánimo de lucro, sin esperar por ello una contraprestación.


Estos son los requisitos para que una donación tenga ventajas fiscales:


  • Que la entidad a la que se realiza la donación persiga fines de interés general.
  • Que esté inscrita en el registro correspondiente.
  • Que la donación efectuada esté correctamente certificada, reseñando que goza de ventajas fiscales.


Según estos requisitos, no gozarán de beneficios fiscales las entidades sin ánimo de lucro constituidas fuera de España que no estén inscritas en la Administración Española.


Fiscalidad de las donaciones

Las donaciones no están consideradas como un gasto deducible. Sin embargo, como una forma de incentivar las donaciones sí se le atribuye un estímulo fiscal.

Con carácter general, los donativos tienen una deducción en la cuota tributaria en el IRPF del 25% del importe donado, con un límite que no exceda del 10% de la base liquidable del impuesto.

En el caso de las personas jurídicas el porcentaje sería de un 35% en el Impuesto de Sociedades, con el mismo límite del 10% en la base imponible.


Novedades 2015 para los donativos

A partir de 2015 con la nueva ley de IRPF se aumentarán los porcentajes de deducción quedando así:


Las personas físicas que realicen un donativo tendrán un porcentaje de deducción del 30% en el Impuesto de la Renta. Sin embargo, para 2015 se establece transitoriamente un porcentaje del 27,5%.

Además se implantará la figura de la donación continuada a una misma entidad. Cuando se hayan efectuado donaciones en los dos años anteriores, el donativo efectuado en el tercer año se beneficia de una deducción del 35%. Para el año 2015 será del 32,5%. También en dicha donación, los primeros 150€ donados tendrán una deducción del 75% (del 50% para 2015)


Para las personas jurídicas, la deducción se mantiene como en 2014 en el 35% aplicable en el Impuesto de Sociedades. Sin embargo, aparece como novedad que si la donación es continuada durante un mínimo de 3 años se tendrá un aumento en la deducción del 40% del importe donado (37,5% para el año 2015).


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