El Impuesto de Sociedades (IS) es el que se aplica a la obtención de la renta por parte de las empresas, al contrario que las personas físicas que tienen que presentar la declaración del IRPF. Además de esta diferencia, el IS lo deben presentar las

empresas con un calendario propio de pago, es decir, no hay una fecha concreta común a todas las empresas como sí sucede con las personas físicas.

La declaración del Impuesto de Sociedades tiene que realizarse en el plazo de los 25 días naturales a los seis meses posteriores a la finalización del periodo impositivo. Es decir, si una pyme tiene un ejercicio económico que coincide con el año natural, el plazo para presentar la declaración se deberá producir durante los 25 primeros días de julio.

Si no ocurre así y el periodo impositivo finaliza en un mes que tenga 30 días, este plazo de 6 meses se contabilizará fecha a fecha.

 

Fuente: Cincodias.elpais.com