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Gestoria alta autonomo

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OBLIGACIONES QUE ASUMES CUANDO QUIERES DARSE EN ALTA AUTÓNOMOS

Ya te disidiste de darse alta como autonomo y tu empresa está funcionando como lo deseas, debes saber que toda actividad económica, tiene responsabilidades con las cuales tienes que cumplir, una de ellas es la declaración de la renta que se debe realizar cada año, comenzando el 1 de abril; esto te acarreara un sin números de deducciones y gastos, sin embargo, existen algunos de estos gastos que pueden ser descontado, podrías registrarlo como desgravamen del IVA o gastos como tal. En este artículo te contaremos algunos de ellos, desde los más nuevos hasta los que papeles hacen falta para la declaración de la renta.

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HACE FALTA PARA HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA?

Antes de conocer que papeles hacen falta para la declaración de la renta, es necesario que tengas o reserves una cita previa alta reta con la Agencia Tributaria, al momento de acudir, nos debes olvidar la documentación, te olvidas de alguno y no te atenderán, para realizar y/o confirmar tu declaración con el personal de la AT; debes saber que el proceso por internet se realiza desde el 1 de abril y el proceso presencial en el mes de mayo, estableciendo la fecha exacta  la Agencia Tributaria.

Estas son la documentación que falta para la declaración de la renta:

  • DNI: debes llevar el DNI (original) del titular que está asistiendo a la cita y DNI (fotocopia) de todas las personas que estén registradas en la declaración.
  • Referencia Catastrales: las referencias catastrales de todas las propiedades (inmuebles) en los que vivas (alquiler, propias u otras circunstancias). Es de suma importancia de llevar los documentos que confirmen las rentas que se tengan y por supuestos, que declarar obligatoriamente.
  • Certificado: debe presentar el certificado emanado por el pagador.
  • Número del IBAN:  el numero de la cuenta bancaria de la empresa.
  • Rendimientos del capital inmobiliario: Esto se refiere a la documentación con respecto a alquiler de locales, plazas de garaje, de pisos, etc.
  • Documentación referente al cese o despido: Toda documentación perteneciente al cese o al despido como: fechas de acuerdo del cese o despido, valor de la indemnización, en el caso de despido colectivo se debe presentar la documentación de la aceptación de los expedientes de regulación de empleo o apertura del periodo de asesoría ante las autoridades laborales.
  • Rendimiento del capital mobiliario: documentos de las entidades financieras y de seguros, certificados de empresas, facturas y/o recibos de gastos…
  • Rendimientos de actividades económicas: se debe presentar los rendimientos de tu actividad durante el año, debe ser una estimación totalmente objetiva: todos los documentos que acrediten esta actividad por módulos, ejemplo: todo lo relacionado con los empleados, vendría a representar un módulo, otro módulo sería los ingresos obtenidos en el año, otro módulo, los libros contables, etc.
  • Estado de ganancias y pérdidas: debe estar reflejado todas las transacciones llevadas a cabo durante ese año, que te llevaron a consolidar este estado de ganancias y pérdidas, como, por ejemplo: transacciones de propiedades y/o venta de vivienda, acreditando las escrituras correspondientes, con sus anotadas sus respectivas fechas, préstamos hipotecarios, con el formulario de los seguros que están vinculados a la misma y declaraciones en las que se presentó deducciones.

Además de esta documentación, debes presentar los recibos por pago de alquiler y/u otros gastos, donativos, etc.

 

¿Cuáles gastos se pueden descontar de la declaración de la Renta?

Entre los gastos más comunes que puedes descontar de la Declaración de la Renta están:  las dietas, los viajes por negocio, la compra de gasolina, la factura telefónica, los tickets de transporte público, el coche y el móvil del trabajo. El suministro de oficina (Carpetas, lápices, clips, grapadoras, bolígrafos, etc.) a esto se le puede desgravar el IVA. Es sumamente importante que te hayas dado de alta autonomo en la actividad de transporte de agente comercial, de autoescuela, de mercadería y/o personas, para poder descontar el gasto de gasolina y coche de tu declaración, demostrando que el uso dado es netamente para el desarrollo de tu actividad económica, esto lo puedes hacer mediante presentación de las correspondientes facturas, por el móvil debes presentar también las facturas, del transporte público los tickets, para realizar la debida deducción, tomando en cuenta que ya te has dado de alta como autónomo.   

Las deducciones más conocidas que realizan los que se han dado de alta autonomo Madrid, son las dietas, la gasolina, los viajes, las comidas y cenas y puedes deducirlas siempre y cuando puedas demostrarlo y hayas pagado con tarjeta.

 

EN CUANTO A LOS NUEVOS AVANCES TECNOLÓGICOS ¿QUÉ PUEDES DEDUCIR COMO ALTA AUTÓNOMOS HACIENDA?

El avance tecnológico, trajo consigo la globalización y esta a su vez el nacimiento de nuevas profesiones, convirtiéndose los instrumentos tecnológicos como herramientas de trabajo y son reconocidas para las deducciones de la declaración de la renta de un alta autónomo, la adquisición de un dominio de una página de Web para el desarrollo del negocio y/o gastos que se relacionen con el mantenimiento y diseño de esta página, compra y mantenimiento de softwares, en fin todas las herramientas tecnológicas que necesites para el desarrollo de tu actividad empresarial cuando ya te has dado de alta como autónomo, pueden ser deducibles de la declaración del alta autónomo hacienda, dentro de este campo también están la utilización de las redes sociales, definidas como publicidad on line, las más conocidas son: Twitter, Instagram y/o Facebook,

Dentro de estas deducciones también se encuentran las asesorías contables, los vestuarios que necesite para su desempeño profesional, los cursos de capacitación que lleve a cabo el alta autónoma, y   los servicios de gestoría para alta de autónomos. Sí la actividad la desarrollas dentro de las paredes de tu casa, puedes descontar hasta el 30% de los gastos de la vivienda.

Los gastos realizados para donativos a organismos públicos se deducen el 30% como máximo.

 

¿COMO DAR DE ALTA EMPLEADA DE HOGAR?

Para dar de alta empleada de hogar, esto corresponde directamente al empleador, es totalmente sencillo, directamente en la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social o incluso lo puedes realizar por internet a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social alta autónomos

Para dar de alta autónomo, debes suministrar los datos personales tanto del empleador como de la empleada, el total de horas de trabajo semanales, así como también el salario que devenga y la cuenta bancaria donde se le cargarán todas las cotizaciones.

Si te acercas personalmente a la oficina seguridad social dar alta empleada de hogar, el personal te puede asesorar y ayudar en cuanto el cálculo de las cotizaciones en base a los establecido por la ley, retribuciones mensuales y las bases de las cotizaciones que están vigentes.

Sin embargo, desde el 1 de abril de 2013, se estableció que toda trabajadora que sea contratada por menos de 60 horas mensuales por empleador, deberá realizar sus trámites y directamente, afiliación, bajas, altas y/o variaciones de datos de acuerdo a lo acordado con sus empleadores.

Se cual sea el caso, con una gestoría dar de alta empleada hogar es muy sencillo. Este trámite se debe realizar al comienzo de toda actividad, pero si es la baja que están realizando a su empleada o alguna variación de información, dentro de los 3 días siguientes a la variación o al cese al trabajo que se produzca.

¿CÓMO DAR DE ALTA A UN AUTÓNOMO?

Sí tienes una nómina de trabajadores a tu cargo, en primer lugar, debes comunicar al ente encargado de tu Comunidad Autónoma, el inicio de tu centro de trabajo y luego, deberás dar de altas en la seguridad social, a cada uno de tus trabajadores.

Este trámite se convierte en obligatorio, aun cuando no tengas empleados a tu cargo, debes designar un libro de visitas para las inspecciones respectivas de la Seguridad Social e Inspectoría de Trabajo, para los más modernos existe una aplicación informática del Libro de visitas electrónico, donde puedes darte de alta autónomo.

Un autónomo colaborador generalmente es un familiar del autónomo titular, debido que no todos pueden serlo, porque se debe cumplir con algunos requisitos para dar de alta autónomo colaborador.

 

Requisitos que debe se cumplir para ser un autónomo colaborador:

  1. Familiar directo: familiares de primer grado de consanguinidad, afinidad o adopción, como padres, suegros o hijos, preferiblemente el cónyuge o de segundo grado de consanguinidad, adopción o afinidad, como hermanos, cuñados, nietos, tíos, abuelos, etc.
  2. Debe ser vivir independiente o convivir en el mismo hogar del autónomo, el cual es el titular de la actividad comercial.
  3. Trabajar de forma habitual en el negocio: si trabaja de forma puntual, no podrá darse de alta autónomo.
  4. No deben estar dados de alta autónomos: los colaboradores no deben haberse dado de alta como trabajadores por cuenta propia
  5. Edad mínima 16 años: si tiene menos de 16 años, no podrá ser autónomo colaborador, según lo establecido el Estatuto de los Trabajadores, se está prohibido que se ejerzan cualquier actividad a los menores de 16 años. Por consiguiente, tampoco será para los familiares del titular del negocio.

En el caso de las personas en unión de hecho, es controversial, ya que en el 2012 se autorizó que podían ser colaboradores por un periodo de unos cuantos años, pero la Ley de fomento del trabajo en el año 2015 derogo tal posibilidad, actualmente las parejas de hecho no pueden darse de alta autonomos colaboradores.

 

¿QUÉ VENTAJAS TIENE DARSE DE ALTA AUTÓNOMO COLABORADOR?

Darse de alta autónomo colaborador, es realmente interesante, esto incluye la ganancia el 50% en las cuotas que se debe pagar, por un lapso de 18 meses, se puede obtener este beneficio, siempre y cuando se de alta autónomo. Junto con esto tendrá una bonificación del 25% durante los 6 meses siguientes. Para el autónomo titular del negocio, presenta también una ventaja, debido que al momento de la declaración de la renta trimestral tanto IVA como el IRPF. Solo se debe presentar las declaraciones respectivas como se hace con cualquier otro trabajador.

La desventaja es que los autónomos no se podrán favorecer de la tarifa plana.

 

¿CÓMO DARSE DE ALTA AUTÓNOMA MADRID COLABORADOR?

Uno de los beneficios de darse de alta autonomo Madrid, es la sencillez que representa realizar los trámites, en comparación con los que hay que realizar cuando se desea dar de alta autónomo normal.

No se necesita dar de alta en la Agencia Tributaria, solo es suficiente con que te des de alta en la Seguridad social, para esto solo debes llenar el formato modelo TA0521/2 (este formato es usado para darse de alta, cuando hay variaciones de datos en el régimen especial de autónomos-familiares colaboradores o darse de baja), los documentos que necesitas adjuntar para la formolización de este trámite, son los siguientes:

  • En primera tu DNI, necesaria para cualquier trámite.
  • En segunda de importancia, el Libro de la Familia.
  • Y, por último, pero no menos importante, una copia del alta en la Agencia Tributaria del titular autónomo del negocio.

 

¿CUÁLES SON LAS RESPONSABILIDADES FISCALES DEL COLABORADOR AUTÓNOMO?

Las responsabilidades fiscales del colaborador autónomo, son diferentes a cualquiera que se haya dado de alta como autónomo, su semejanza radica en que ambos pertenecen al RETA, pero para la Agencia tributaria ambos son trabajadores que trabajan por cuenta propia. Los colaboradores autónomos no tienen que realizar trimestralmente del IVA ni del IRPF, debido que esta es obligación tributaria del titular del negocio como tal.

Sin embargo en alta autonomo, los colaboradores autónomos deben presentar su declaración anual de la renta, pagando los impuestos que se devenguen de esta declaración, como cualquier otro trabajador, para el pago de los impuestos se toma en consideración los ingresos generados en el año de la declaración, adjuntando las facturas y/o recibos de nómina correspondientes.

Si piensas que son muchas cosas para ti, que necesitas concentrarte y enfocarte en lo que te gusta hacer, por eso te diste de alta autónomo, ¿o no? Te recomiendo que puedas buscar la ayuda de un asesor de una gestoría para alta de autónomos, pues, así como, tú eres profesional en lo que deseas emprender, ellos también los son con respecto a todo lo relacionado a darse de alta en autónomos, te ayudaran tanto en la parte legal, como en la contabilidad, facturación, etc. Todo lo que tu realmente necesitas, esperamos que sea de ayuda este artículo para ti.

No debes preocuparte si aun no entiendes, solo confiar y si necesitas ayuda puedes solicitar la asesoría de una gestoría para alta de autónomos, te deseamos éxitos en tu nuevo emprendimiento.

Gestoría eMadrid te ofrece sus servicios para gestionar tu alta como autónomo de la mano de los mejores profesionales. Para poder solicitar nuestro presupuesto, rellena el siguiente cuestionario sin compromiso: 

https://forms.gle/grKwucJSgcda4p6C7

 

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