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Cómo hacer la declaración de la renta en Madrid este 2022, todo lo que necesitas saber.

 

Sin duda este es uno de los momentos más temidos del año para todas las personas que generan ingresos, no tanto por lo que implica cumplir con la obligación fiscal y pagar el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sino por todo el papeleo, trámites y cuentas que hay que hacer con antelación.

Las dudas que comienzan a surgir son muchas: ¿Me corresponde declarar o no?, ¿Qué documentos necesito?, ¿Qué pasa si me equivoco en la declaración?, ¿Qué pasa si no declaro?, ¿Dónde encuentro un gestor declaracion renta?

Por fortuna y para tu alivio en Gestoria EMadrid somos expertos en esta área y hoy queremos brindarte toda la asesoria declaracion renta madrid que necesitas, así que continúa leyendo para que no te pierdas ningún detalle.

¿Qué es la declaración de la renta?

La declaracion renta madrid consiste en la declaración ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de los ingresos, egresos e inversiones obtenidos a lo largo de todo el año fiscal.

Esto se hace a través de la declaración del Impuesto Sobre la Renta, que es un porcentaje que la Agencia tributaria impone sobre las ganancias de las personas físicas, es decir, de las personas humanas, no de las personas jurídicas, como las empresas quienes deben rendir su tributo bajo otra modalidad de impuesto conocido como Impuesto sobre Sociedades.

¿Qué es el Impuesto sobre la Renta?

El Impuesto sobre la renta es un tributo que todas las personas físicas están obligadas a declarar y pagar. Este impuesto grava las ganancias, y se aplica con la intención de invertir el porcentaje pecuniario recibido en otras necesidades propias de la administración pública y que a su vez inciden en la calidad de vida de los ciudadanos tales como: la salud pública, la educación pública, la vialidad, la seguridad, entre otros. La declaración del IRPF puede hacerse a través de gestorias declaración renta madrid.

¿Quiénes están en la obligación de declarar y pagar el IPRF?

La declaración de la renta la hacen las personas físicas, tanto nacionales como extranjeros, que tengan más de 183 días de residencia en el país, o que tengan aquí la base de sus operaciones económicas.

No obstante existen algunas excepciones que se aplican al momento de declarar, veamos:

Si la persona tiene un monto de ganancias igual o inferior a los 22.000 euros brutos al año y estos además son recibidos de un único pagador, esta persona no está en la obligación de hacer la declaración de la renta. Puede hacerlo como una opción si gusta, pero no es obligatorio.  Se trata aquí de los empleados por cuenta ajena que mantienen un único ingreso de su empleador.

Pero si la persona cuenta con otros ingresos, deberá hacer la declaración de la renta siempre que sus ingresos extras con los demás pagadores superen los 1.500 euros.

Los trabajadores autónomos tienen la obligación de declarar sus ingresos si la actividad económica fue superior a los 1000 euros.

Igualmente, si el trabajador se encuentra bajo la modalidad del pluriempleo, es decir que es autónomo y a su vez trabaja por cuenta ajena, también deberá declarar la renta.

En estos casos suele resultar complicado para la persona saber qué exactamente declara y cuáles son sus deducibles, especialmente porque los trabajadores por cuenta ajena ya suelen recibir su salario con los impuestos deducidos, por esto para evitar confusiones siempre es necesario contar con una gestoria para hacer declaracion renta.

¿Qué ocurre si no hago la declaración de la renta?

Si estás obligado a declarar y no lo haces, o si eludes el pago del impuesto, ocultas ingresos o recibes una devolución que no te corresponde. La agencia tributaria podrá sancionarte con una multa o recargo por tu falta, y esta aumenta y genera intereses conforme pase el tiempo sin pagarse.

Igualmente según el tipo de falta, la administración tributaria podrá determinar el tipo de sanción. Existen faltas leves, graves y muy graves, cada una a determinar por Hacienda.

Algunas de las faltas leves pueden ser subsanadas rápidamente, como no presentar la declaración en el plazo estipulado sin que esto perjudique económicamente a hacienda. En este caso la multa podría ser de 200 euros. Otra infracción leve podría ser no pagar la deuda correspondiente a pagar luego de la declaración, en cuyo caso la sanción varía si se paga la deuda de forma voluntaria o si Hacienda debe hacer el llamado.

En estos casos, la multa puede ascender desde un 5% sobre el monto a pagar, durante los tres primeros meses. Un 10% entre el mes 3 y el 6. Un 15% entre el mes 6 y el 12. Y un 20% si la deuda supera el año. Todo esto con el consecuente incremento por los intereses de mora.

Pero si además, es la Agencia Tributaria quien detecta la falta del pago, las sanciones pueden ser más severas, con un recargo del 50 al 150% del monto a pagar junto a los intereses.

Lo peor es que muchas veces las faltas de este tipo no son intencionales sino por olvido o desconocimiento, por lo general las personas creen estar exentas de la declaración, o no tuvieron un buen manejo de sus cuentas y los cálculos no cuadran lo que hace que todo se torne más difícil. Por esto siempre es necesario ubicar un asesor fiscal declaracion renta madrid quien con su asesoría y gestoria renta, te guiará y se encargará de cada trámite para que no te veas sancionado por Hacienda. Y si te preocupan los costos de contratar una gestoría, puedes tener la certeza de que siempre será más económica una gestoria renta madrid que una sanción de hacienda.

Algunas infracciones y sus consecuentes multas pueden ser mucho más graves, como en los casos donde se lleven cuadernos de contabilidad de maneras irregulares o falsas, ocultar operaciones comerciales, o llevar una “contabilidad B”. Si todo esto te causa preocupación, la gestoria declacaracion renta madrid es tu mejor opción.

¿Cuál es el tiempo estipulado de la gestoria para hacer la declaracion de la renta?

Desde este momento ya estamos disponibles en Gestoría eMadrid para recibir tu documentación y proceder a la gestoria para declaracion de la renta. Esto obedece a que en el año cursante 2022 los plazos para hacer la declaración de la renta ante la Agencia Tributaria del año fiscal 2020 corresponden a los siguientes períodos:

  • Desde el 7 de abril de 2022 inicia la campaña de recepción y modificación de la declaración por vía electrónica. Esto se puede hacer desde la plataforma Renta Web o mediante la app de AEAT.
  • Desde el 2 de junio de 2022 se da inicio a la campaña presencial. Es la fase en la que se debe acudir personalmente ante las oficinas de la Agencia Tributaria u otras entidades colaboradoras, para presentar la declaración de la renta. Para este trámite debes solicitar primero una cita.
  • 30 de junio de 2022. Es el día en que cierra toda la campaña de recepción de la declaración de la renta correspondiente al año 2021.

En función a estos plazos, el período para contabilizar y preparar la documentación para la declaración de la renta así como la gestoria declaracion renta debe hacerse mucho antes de que inicie la campaña, para tener todo listo y evitar posibles inconvenientes y retrasos.

En Asesoría y Gestoría eMadrid estamos preparados para recibir tu documentación y brindarte toda la asesoria declaracion de la renta que requieres.

 

¿Que documentos presentar en la declaración de la renta?

Los documentos para hacer la declaracion de la renta varían según la persona y el tipo de actividad económica que realiza. A continuación veamos la documentacion declaracion renta más frecuente.

  1. Borrador de la declaración: es un documento que genera de forma automática la Agencia Tributaria, en él se recaba información básica sobre la actividad fiscal. Es más viable para una renta sencilla, pero no para quienes realizan actividad económica. No contiene los datos de alquiler de tu vivienda si eres inquilino y tampoco te servirá si has tenido alguna venta de acciones o de bienes.

 

  1. Información fiscal: son los datos que Hacienda tiene sobre ti y tu ejercicio fiscal, por lo general están en el borrador o son enviados por Hacienda. Estos datos son:
  • Ingresos de nóminas, las retenciones recibidas y la cotización de la seguridad social.
  • Otros tipos de ingresos como las pensiones
  • Tus cotizaciones como autónomo
  • Las aportaciones a planes de pensión
  • El rendimiento de tus cuentas bancarias y demás activos financieros.
  • Los bienes inmuebles que tengas a tu nombre así como hipotecas y demás propiedades.

 

  1. Certificado de retenciones: es un documento que te debe facilitar la empresa en la cual trabajas contiene información sobre los ingresos obtenidos, las retenciones que se te hicieron, tus cotizaciones y demás información respectiva a tus finanzas con esa empresa.

 

  1. Acciones: si eres accionista de alguna empresa o club, deberás consignar el valor de compra de la acción junto a las declaraciones de los 3 años anteriores.

 

  1. Certificado de pensiones: es un documento que el ministerio de trabajo y la seguridad social envían entre febrero y marzo a quienes tienen alguna pensión. Si además tienes un plan de pensiones, debes consignar la información fiscal que te da la entidad a cargo del mismo.

 

  1. Donaciones: si hiciste donaciones en el año, debes consignar el certificado de las mismas junto con la cantidad de dinero donada.

 

  1. Información fiscal bancaria: son los datos de tus cuentas bancarias y la actividad que con ellas desarrollas como:
  • Hipoteca a tu nombre, detalle de pagos y capital más intereses.
  • Retención sobre los intereses
  • Dividendos de las acciones si las tienes
  • Certificado de valores cotizados
  • Operaciones de compra venta
  • Certificados de fondos de inversión si los tienes
  • Certificados de seguros de vida, enfermedad y jubilación.
  • Todos esto lo proporciona el banco y en el caso de seguros los proporciona la empresa aseguradora.

 

  1. Documentos personales: como el DNI o NIE y si tienes hijos menores de 25 años su identificación y documento de filiación.

 

  1. Vivienda: si compraste una vivienda durante el año fiscal, debes consignar las escrituras junto con los gastos de la compra y la hipoteca (Esto es con el fin de poder hacer las deducciones respectivas si es tu vivienda habitual).

 

  1. Si vendiste o eres arrendador de un inmueble: documento de compra-venta. Recibo de impuestos sobre bienes. Recibo de alquileres, facturas de gastos previos al alquiles o certificado de retenciones. (Todo esto con el fin de hacer los cálculos y constatar si hay deducciones factibles por pérdida o si hay ganancias susceptibles del pago de impuesto.)

 

  1. Sobre la actividad económica: si realizas una actividad económica debes consignar los libros contables y los modelos 130, 131 y 303 de declaración y retención del IVA.

 

  1. Subvenciones, pensiones y discapacidad: si recibiste alguna subvención debes consignar la carta de concesión. Si tienes una condición de discapacidad, debes presentar el certificado de discapacidad y lo concerniente a tus atenciones. Si estás en la obligación de pagar pensión a tu hijo por decisión judicial, deberás entregar la sentencia y los importes consignados durante el año.

Esta documentacion para la renta puede variar según el tipo de renta que percibas, por lo que otros documentos pueden solicitarse.

Donde hacer la declaración de la renta en madrid

La declaración de la renta se realiza ante la Agencia Tributaria, inicialmente en la plataforma online o en la app, y posteriormente de forma física en Hacienda o las demás organizaciones autorizadas para la declaración y recaudación del impuesto sobre la renta.

Como puedes apreciar, todo el trámite puede resultar bastante complicado, especialmente si tus documentos no están muy organizados: para evitar inconvenientes es ideal que cuentes con un gestor para hacer la declaracion de la renta.

En Asesoría y Gestoría eMadrid estamos disponibles para brindarte asesoria declaracion renta así como la gestoria declaración de la renta madrid, nuestras tarifas siempre están enfocadas a tus necesidades y a los trámites que requieres, así que no dudes en contactarnos cuanto antes para comenzar a trabajar en tu gestoria declaracion de la renta.

 

Gestoría e Madrid. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  Telf. 914458632 (solicite cita previa) C/General Álvarez de Castro, 41 - 28010 Madrid. 

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