Las diferentes clases de retenciones han sufrido modificaciones desde el 1 de Enero de 2016 y debemos tenerlas en cuenta como son:
- Rentas del trabajo: Derivadas de relaciones laborales, estatutarias, pensiones y haberes pasivos tanto del sistema público, como del sistema privado.
-Las prestaciones y subsidios por desempleo, también se encuentran dentro de las rentas del trabajo.
-Los consejeros y administradores con un pago de rendimientos mayor de 100.000 euros, el tipo aplicable en 2015 era de un 37%, variando este año a un 35%
-En el caso de que sea menor de 100.000 euros, desciende de un 20% a un 19%
-Los cursos, conferencias y seminarios han pasado de un 19% a un 15%.
-La elaboración de obras literarias, artísticas o científicas ha bajado del 19% al 15%
- Actividades profesionales: Si son de carácter general pasa del 19% al 15%
-Las actividades profesionales, como recaudadores municipales, mediadores… bajan de un 9% a un 7%
-Los profesionales de nuevo inicio (año de inicio y los dos siguientes) baja del 9% al 7%
- Otras actividades económicas:
-Las actividades agrícolas, ganaderas y forestales se siguen manteniendo en el 2%, en cambio las de porcino, avicultura y empresariales están en 1%
-La cesión de derecho de imagen sigue en el 24% este año.
-Imputación rentas por cesión de derechos de imagen: El tipo aplicable hasta 2015 era de un 20%, este año es un 19%
- Ganancias patrimoniales: Premios, concursos, rifas, aprovechamiento forestal de montes públicos… ha bajado de un 20% a un 19%
- Capital mobiliario: Fondos propios de entidades, cesión a terceros de capitales propios, seguros de vida, propiedad intelectual, industrial, asistencia técnica, arrendamiento y subarrendamiento de bienes como muebles, negocios o minas han pasado de un 20% a un 19%
-Los rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen (siempre que no sea en una actividad económica) siguen en el 24%
- Capital inmobiliario: Incluye los arrendamientos o subarrendamientos de bienes inmuebles urbanos, han disminuido de un 20% a un 19%
Fuente: Agencia tributaria española.