Cómo cumplimentarlo

El plazo concluye en Febrero



Como ya saben, la declaración anual de operaciones con terceras personas llega en febrero. Para ello, necesitaremos cumplimentar el modelo 347 (conjunto de operaciones realizadas durante el año anterior que superen en total cada uno de ellos la cifra de 3.005,6 €, IVA incluido). A continuación les dejaremos instrucciones de cómo hacerlo.


Según la Agencia Tributaria, el modelo debe presentarse de forma telemática con certificado electrónico si se trata de sociedades, o con el sistema Cl@ve PIN en el caso de las personas físicas. Las comunidades propietarios tendrán a su disposición la posibilidad de enviar un SMS, siempre y cuando no superen los 15 registros. Ahora bien, desde el año 2014 y según el artículo 20.3 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, se incluirán también en la declaración anual de operaciones con terceras personas las adquisiciones en general de bienes o servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza.

La página web de la Agencia Tributaria establece las operaciones que deben incluirse en el modelo 347, así como aquellas que no deben declararse. No obstante, deberán declarar tanto por los sujetos pasivos que realicen las operaciones, como por los destinatarios de las mismas, por los importes devengados durante el año natural, aunque sean negativos.

Quedan excluidos de presentar el modelo: empresarios y autónomos que no hayan realizado actividades superiores a 3005,6 €; personas físicas y entidades que tributen en el IRPF en estimación objetiva y empresas que no tienen a España como sede de su actividad económica, pese a actuar en territorio nacional.


Fuente: Agencia Tributaria, Cincodias.com