Operaciones que deben formalizarse con documento completo

DUA, Documento Único Administrativo


¿En qué consiste el documento?


El DUA (Documento Único Administrativo) es el soporte papel de nuestra declaración de importación o exportación ante las autoridades aduaneras. Tiene dos variantes según contexto (documento completo o documento simple)
Según la Agencia Tributaria, las operaciones a formalizar con documento completo están constituidas por Importaciones (DUA) y exportaciones (DUE):
- Importaciones: todas aquellas operaciones de introducción en territorio nacional de mercancías comunitarias. Entre ellas, las procedentes del territorio aduanero de la Unión donde no sea necesaria aplicación; mercancías cuya introducción implique la realización del pago de IVA y no esté exento; Mercancía procedente del Principado de Andorra y la República de San Marino.
El declarante está obligado a presentar un DUA en el plazo máximo de 5 días hábiles. Ahora bien, no será necesario presentar declaración completa cuando la mercancía cumpla, simultáneamente, las siguientes condiciones: No superar, en valor estadístico, los 1000 euros; y ésta, no tenga una masa neta superior a los 1000 kg.
- Exportaciones: la declaración de expediciones debe ser presentada de forma electrónica. (excepto si el sistema informático de la aduana ha caído o las declaraciones no comerciales presentadas por particulares. Entonces, sí se aceptará el formato papel).
Otro de los motivos para utilizar los formularios complementarios será cuando el documento DUA comprenda varias partidas de orden, es decir, si no disponemos del espacio suficiente para incluir el contenido. No hay límite de espacio alguno.


Impuesto sobre las labores del tabaco aplicables en Canarias


Se trata de una excepción para las normas de formulación del DUA, en caso de, mercancías vinculadas a la industria tabacalera aplicables en Canarias.
- Importación: mercancías vinculadas al tabaco deben detallarse en la casilla correspondiente, todos los elementos necesarios para la determinación de la base imponible, es decir, cantidad donde se gravan los impuestos. En concreto, el valor de las mismas calculado según su p.v.p recomendado, excluido el propio impuesto y el impuesto general indirecto canario.
Además, en caso de importación de cigarrillos, el número a importar debe expresarse en millares, y en el caso de la picadura para liar, su peso en Kg, con dos decimales.
- Exportaciones: cuando no se haya producido el devengo o el exportador solicite la devolución de Impuesto sobre las Labores del Tabaco.