Los estudiantes extranjeros y que quieran venir a España necesitan tramitar cierta documentación para poder permanecer legalmente en el país. No todos ellos deben presentar la misma documentación, ya que hay ciertas diferencias entre los que son de un país perteneciente a la UE y los que son de un país fuera de la UE.

De todas formas, lo fundamental es tener un pasaporte o documentos de viaje válidos, además de un visado válido, documentos que acrediten los motivos del viaje y las condiciones de la estancia del estudiante.

 

Estudiantes de fuera de la UE

En estos casos, si eres estudiante de un país de fuera de la UE, del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega) o de Suiza, para poder permanecer legalmente en España más de 90 días, necesitas obtener la autorización de estancia por estudios y, además, podrás viajar si lo deseas, dentro de la UE y los países que tienen firmados convenios con España para la libre circulación de personas.

Para poder permanecer por estudios en España se necesitan los siguientes documentos:

-Antes de llegar a España es necesario el visado de estudios.

Este visado se puede obtener y tramitar en los consulados de España del país de origen o residencia legal del estudiante. Para el trámite, se necesita la acreditación de haber sido aceptado en un programa de estudios en una universidad española.

-Durante el primer mes desde la entrada efectiva en España se debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Los estudiantes que vayan a permanecer más de seis meses en España necesitan la Tarjeta de Identidad de Extranjero, que se puede obtener en la comisaría de policía de la localidad donde resida el estudiante.

Es necesario recordar que la tarjeta tiene duración de un año, y hay que renovarla dos meses antes de su finalización si se desea permanecer más tiempo en España.

-Si durante la estancia por estudios se desea trabajar es necesaria una autorización de trabajo, pero con unas condiciones adicionales: en primer lugar, el trabajo no debe coincidir con las clases de universidad; en segundo lugar, la duración del contrato no debe ser superior a la estancia por estudios y, por último, los ingresos obtenidos no pueden tener el carácter de recurso necesario para el sustento.

Para los estudiantes que quieran hacer prácticas no laborales mediante convenios con la universidad, no es necesario que dispongan de una autorización de trabajo.

Estudiantes de la UE

Los estudiantes naturales de un estado miembro de la Unión Europea, o en su defecto, de Liechtenstein, Islandia, Noruega o Suiza, tienen derecho a la libre circulación y residencia en España.

Sin embargo, los estudiantes que cumplan este requisito y deseen permanecer en España durante más de tres meses, tienen que solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Con esta inscripción se obtendría un certificado de registro y un número de identificación de extranjero (NIE). Esta documentación es necesario tramitarla en la Comisaría de Policía de la localidad española donde el estudiante resida.