Los planes de pensiones han sufrido un pequeño varapalo tras la reforma fiscal, lo que ha provocado que sean menos “apetecibles” para los contribuyentes. Aun así, contratar un plan de pensiones sigue teniendo una ventajosa fiscalidad.

Las deducciones en estos planes de ahorro para la jubilación se han visto recortadas desde los 10.000 euros a los 8.000 euros y del anterior 30 o 50 por ciento se han visto reducidos al 30% de la suma de rendimientos de trabajo y de actividades económicas. Eso sí, el límite máximo para ingresar al sistema de previsión del cónyuge, con obtenciones de trabajo y actividades económicas que no sean superiores a 8.000 euros se han incrementado de 2.000 a 2.500 euros.

Es importante tener en cuenta las reducciones que transitoriamente se han aprobado si se rescata un plan de pensiones, y éstas tienen validez desde el 15 de mayo de 2013 hasta el 14 de mayo de 2017.

Hay una serie de excepciones que pueden permitir al contribuyente anticipar su plan de pensiones y le puede ser de gran ayuda, ya que la falta de liquidez es un problema común en estos casos. Estas excepciones son por jubilación, invalidez, dependencia, desempleo de larga duración o enfermedad grave.

Los planes de pensiones se pueden cobrar en un pago único o en cuotas periódicas y tributan como rentas de trabajo.

Fuente: Finanzas.com