La campaña de la renta 2014 finaliza el 30 de junio. Aun así recuerda que para las declaraciones con domiciliación bancaria el plazo es hasta el próximo jueves 25 de junio. ¿Qué pasa ni no presento la declaración en este plazo? Lo explicamos.

 

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Presentar la declaración fuera de plazo está permitido pero no sale gratis. Hacienda aplica sanciones y recargos dependiendo del plazo de retraso y las circunstancias del mismo:

 

Cuando la declaración sale a DEVOLVER y el contribuyente la presenta ANTES de que se le reclame:


La Agencia Tributaria sancionará con 200 euros al contribuyente por presentar la declaración fuera de plazo. Sin embargo, al no existir un requerimiento previo de la Administración se le aplicará una reducción del 50%.
Además, en el caso de que el contribuyente no reclame, se le puede aplicar una bonificación del 30% por lo que la sanción podría quedar en 70 euros.


Cuando la declaración sale a PAGAR y el contribuyente la presenta ANTES de que se le reclame:

 

En este caso la Agencia Tributaria aplica un recargo a la cantidad a pagar en función de la tardanza en declarar.

Si es de menos de tres meses: el recargo es del 5%

Entre tres y seis meses: el recargo es del 10%

De seis a doce meses: 15%

A partir de un año: se aplica un recargo del 20% y se exigen intereses de demora.

 

Cuando la declaración sale a PAGAR y el contribuyente la presenta DESPUÉS de que la Administración la reclame:

 

En este caso, a las cantidades de recargo anteriores se le sumará un recargo de apremio reducido del 10%, si se paga toda la deuda en el periodo voluntario. Si no, se aplicará el recargo ordinario del 20%.