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 Si le “toca” ingresar en la declaración de la renta, debe saber que es posible fraccionar el pago

Al hacer la declaración de la renta, al contribuyente le puede salir a ingresar (si tiene que pagar a Hacienda) o a devolver (si es Hacienda la que tiene que pagar al contribuyente). Si usted pertenece al primer grupo, y si no dispone de liquidez suficiente para realizar un solo pago, tiene la posibilidad de fraccionar este pago.

Esta posibilidad que ofrece la Agencia Tributaria, debe cumplir dos requisitos: que la declaración de la renta se haya presentado dentro del plazo establecido y que no se trate de una declaración complementaria.

Es muy fácil seleccionar esta opción, ya que el contribuyente sólo tiene que indicar en la propia declaración realizada a través de Renta Web que solicita el fraccionamiento del pago y domiciliarlo en una entidad bancaria.

La opción de fraccionar el pago se distribuye de la siguiente forma: el primer pago será del 60% del importe y se realizará en el momento de presentar la declaración; y el segundo pago será del 40% restante y se podrá realizar hasta el 6 de noviembre de 2017.

Otra solución alternativa es la de aplazar al abono del IRPF durante más tiempo si existen causas justificadas. En este caso el contribuyente debe demostrar que su situación financiera es delicada y que por tanto, necesita aplazar las cantidades pendientes de pago. Este aplazamiento se puede solicitar a través de la web de la Agencia Tributaria.

Fuente: Cincodias.elpais.com

 

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