La campaña para la Declaración de la Renta 2014 empieza este año el 7 de abril. Encontrándonos tan cerca del pistoletazo de salida nos surgen un gran número de dudas acerca de cómo presentar nuestra declaración. Una de las dudas más recurrentes es sobre si debemos realizarla de forma individual o conjunta. Te explicamos en qué consisten las dos modalidades y cuál es la que mejor se adapta a ti.

 

La declaración conjunta está especialmente indicada cuando se trata de un matrimonio en el que solo uno de los cónyuges trabaja. También en el caso de familias monoparentales en las que los hijos no obtengan ingresos.

A la hora de presentar la declaración conjunta deberemos tener en cuenta que están obligados a declarar aquellos que cobren más de 22.000 euros al año a través de un solo pagador, independientemente del número de personas que formen la unidad familiar. Es posible que a la hora de presentar la declaración de forma conjunta sobrepasemos este límite, mientras que individualmente no tendríamos obligación a declarar.

En la declaración conjunta, las rentas que obtiene cada miembro de la familia se gravan de forma acumulada y se emplean las mismas escalas de gravamen que para la tributación individual.

Por eso, no suele estar indicada para unidades familiares en las que varios miembros tienen ingresos medios o altos ya que al sumarse lo que gana cada miembro individualmente, se corre el riesgo de aplicar un IRPF mucho más elevado que el que nos correspondería en una declaración individual.

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