Os explicamos la fiscalidad de los Planes de Pensiones, una ayuda para cuando llegue el momento de la jubilación, además de una fórmula para ahorrar dinero en la Declaración de la Renta.
El plan de pensiones es un tipo de producto de ahorro a largo plazo que complementa la pensión por jubilación que percibiremos de la Seguridad Social que, además, supondrá una forma de pagar menos impuestos en la Declaración de la Renta.
Las aportaciones al plan de pensiones están sujetas a desgravaciones, es decir, que pueden deducirse de la base imponible de la Declaración de la Renta (dentro de unos límites marcados por la ley tributaria).
Ejemplo Impuestosrenta.com: “Un contribuyente que haya ganado 35.000 euros y haya destinado 6.000 a su plan de pensiones, será como si sólo hubiese ganado 29.000 euros al hacer la declaración de la renta. Si tenemos en cuenta las tablas de IRPF para la renta 2014, el tipo marginal de la primera cantidad (el más alto) dejaría de ser del 40% para ser del 30% y a grosso modo, estamos hablando de 797,2 euros menos a pagar en el IRPF.”
Límite de aportaciones al Plan de Pensiones
La Ley 35/2006 establece una serie de límites a las aportaciones al Plan de Pensiones en función de la edad del contribuyente.
Estos son los límites para las aportaciones para la declaración de la renta de 2014 (ejercicio actual):
- Personas menores de 50 años: podrán deducirse hasta 10.000 euros o el 30% de sus ingresos.
- Personas mayores de 50 años: podrán deducirse hasta 12.500 euros o el 50% de sus ingresos. (Se entiende que aumentan las aportaciones conforme se acerca la fecha de jubilación).
- Las personas con discapacidad podrán deducirse hasta un máximo de 24.500 euros.
Las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge (siempre que este no obtenga rentas o que sus ingresos no superen los 8.000 euros anuales), tendrán un límite para reducir de la base imponible de 2.000 euros.
Tras la reforma fiscal que el Gobierno puso en vigor en enero de 2015, el límite financiero para las aportaciones es de 8.000 euros independientemente de la edad que se tenga. Lo que se mantiene son los límites porcentuales sobre la base imponible a efectos de practicar la deducción.