solicitar certificado de nacimiento
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Las partida de nacimiento o solicitar certificado de nacimiento es un documento público que se puede obtener del registro civil al que uno pertenezca. Estas partidas literales de nacimiento (de nacimiento, matrimonio, defunción) tienen una caducidad la mayoría de ocasiones de 3 meses con lo que la solicitud de segundas copias están un poco restringidas por parte de los titulares de los diferentes registros debido a su escaso tiempo de vigencia. La documentación que necesita para su expedición es la siguiente:
- Nombre y Apellido del nacido.
- Fecha de nacimiento.
- Hospital o domicilio particular en el que se produjo el nacimiento.
- Registro, tomo y página de la inscripción. (Figura en el libro de Familia)
Plazos de expedición
Para las solicitudes certificado literal de nacimiento presenciales, la expedición del certificado se hace en el momento. Igualmente, se expide en el momento las solicitudes presenciales de extranjeros nacionalizados, inscritos en el Registro. Si hubiera optado por la emisión del certificado el plazo entre la solicitud y la recepción del mismo será entorno a los 15 días.
En las certificaciones en las que el modo de entrega sea presencial,será el propio Registro Civil el que le indicará a partir de que fecha puede proceder a la recogida del mismo.
La solicitud la puede hacer cualquier persona, menos en caso de que, si en la inscripción hay datos de publicidad restringida será la ley la que determine las personas concretas a las que, exclusivamente, puede hacerse la entrega.
Plazos medios de obtención | |
Partidas posteriores a 1950 (Madrid) | 2 días hábiles |
Partidas anteriores a 1950 (Madrid) | 4 días hábiles |
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