Servicio en toda España para tramitar Boda Civil.

  1. ¿Inicio de trámite por Registro y casarte por Registro la forma más económica?

  2. ¿Inicio de trámite por Registro y casarte por Notario?

  3. ¿Inicio de trámite por Notario y casarte por Notario?

Ahora exponemos las diferencias de tiempo y coste.

Oficinas: Gestoria eMadrid - C/General Alvarez de Castro, 41

28010 Madrid - Telf +34 914458632

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El Matrimonio Civil y su inscripción en el Registro Civil legitiman el estado civil de casado, haciendo fe del acto del matrimonio, la fecha, hora y lugar en la que se produjo y reconociendo el pleno derecho de los efectos civiles de los cónyuges. En Gestoría eMadrid gestionamos su tramitación de Matrimonio Civil de forma sencilla y cómoda para usted. Nuestra experiencia en este tipo de trámites nos abala y le garantiza la mayor rapidez en la resolución sin complicaciones del día más feliz de su vida.

Para que el matrimonio tenga valor legal se debe entregar una serie de papeles burocráticos. Si se desea contraer matrimonio civil, los futuros contrayentes deberán acudir al Registro Civil del domicilio de cualquiera de ellos, a los efectos de presentar la siguiente documentación:

  • Certificado literal de nacimiento de ambos, expedido por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento o residencia acreditada del domicilio de los dos últimos años de ambos solicitantes. Este certificado es expedido por el ayuntamiento correspondiente y tiene un vigor de 3 meses.
  • Una instancia firmada por ambos interesados.
  • Una declaración jurada del estado civil de los solicitantes.
  • Una fotocopia del DNI o del pasaporte.

En algunos casos especiales se deberá adjuntar, además.

  • En el caso de menores, si son mayores de 16 años en la certificación literal de nacimiento se deberá hacer constar la emancipación. Si son mayores de 14 años y menores de 16 deberán obtener dispensa judicial para poder contraer matrimonio civil.
  • Si se trata de personas divorciadas, se deberá aportar la certificación del matrimonio anterior en la que conste la notación de divorcio nulidad.
  • Si un extranjero pretende contraer matrimonio civil en España, deberá aportar certificación de inscripción consular y tiempo de residencia en España.

Entregando toda la documentación señalada los futuros contrayentes compadecerán con dos testigos ante el Registro Civil. 

Honorarios de la Gestoria 500 euros más iva, incluidos certificados nacimiento, soltería o matrimonio que estén registrados en España. 

 

Hasta ahora se tramitaba el matrimonio por el registro civil y con la opción de la celebración realizarla en un lugar distinto.

Como indicamos al principio se plantean 3 opciones diferentes.

  1. ¿Inicio de trámite por Registro y casarte por registro la forma más económica?
  2. ¿Inicio de trámite por Registro y casarte por Notario?
  3. ¿Inicio de trámite por Notario y Casarte por Notario?

La primera opción: es la más economica si no tienes prisa por casarte. los tiempos que están tardando 9 meses para dar la cita para inicio de los tramites. y aproximadamente 2 meses en salir el expediente y 3 meses fechas ya se puede casar en el Registro.

La segunda opción: iniciar los trámites en el Registro tardar en dar la cita 9 meses más dos meses en salir el expediente, una vez que sale el expediente para casarse en el notario en 15 días ya se puede casar.

La tercera opción: la mas cara pero la mas rápida iniciar el tramite con el Notario se le entrega la documentación y en una semana se tiene el expediente para casarse, despues se tarda unos 7 dias en cocretar la fecha para el matrimonio en el Notario.

Es importante destacar que en la opción tercera esta rapidez previamente se tienen que tener los documentos requeridos que no siempre se consiguen rápido.


¡No dude en ponerse en contacto con nosotros!

Oficinas: Gestoria eMadrid - C/General Alvarez de Castro, 41

28010 Madrid - Telf +34 914458632

ASESORIA CONTABILIDAD

DECLARACION DE LA RENTA

REGISTRO MARCA

LICENCIAS DE APERTURA

DOMICILIACION DE EMPRESAS