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Alta de autónomo en Hacienda (Agencia Tributaria) en Madrid

Si estás pensando en iniciar tu actividad por cuenta propia, en Gestoría eMadrid te ayudamos a realizar el alta de autónomo en la Agencia Tributaria de forma rápida, segura y sin errores.

El alta en Hacienda es el primer paso imprescindible para comenzar tu actividad económica. Este trámite se realiza mediante la presentación del modelo 036 o 037, donde se definen aspectos clave como tu actividad, régimen fiscal y obligaciones tributarias.

¿Qué incluye el servicio de alta de autónomo?

Nuestro servicio de alta de autónomos en Madrid incluye una gestión completa y asesoramiento personalizado:

  • Tramitación del modelo 036/037 en Hacienda
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
  • Asesoramiento sobre el epígrafe correcto de actividad
  • Elección del régimen de IVA (general, recargo de equivalencia, etc.)
  • Configuración del IRPF (estimación directa simplificada o normal)
  • Coordinación con el alta en Seguridad Social (RETA)
  • Revisión previa para optimizar tu situación fiscal desde el inicio

Asesoramiento fiscal desde el primer momento

Darse de alta como autónomo no es solo un trámite, es una decisión que impacta directamente en tu carga fiscal. Por eso, antes de realizar el alta, analizamos tu caso para:

  • Evitar errores en la elección del régimen fiscal
  • Reducir el pago de impuestos dentro de la legalidad
  • Adaptar la actividad a tu situación real
  • Prever futuras obligaciones fiscales (IVA, IRPF, modelos trimestrales)

¿Por qué elegir nuestra gestoría?

En Gestoría eMadrid somos especialistas en alta de autónomos en Hacienda, con un enfoque práctico y orientado a resultados:

  • Tramitación rápida y sin desplazamientos
  • Atención personalizada y directa
  • Experiencia con autónomos, freelancers y nuevos negocios
  • Asesoramiento continuo tras el alta
  • Posibilidad de llevar toda tu gestión fiscal y contable mensual

Empieza tu actividad con seguridad

Evita errores que pueden generar sanciones o costes innecesarios. Confía en profesionales para tu alta de autónomo en la Agencia Tributaria y comienza tu actividad con una base sólida.

Contacta con nosotros y te indicaremos exactamente qué necesitas para darte de alta como autónomo en el menor tiempo posible.

 

Solicite su alta de autónomo

Envíenos sus datos y revisaremos la información para ayudarle con la tramitación del alta de autónomo.

Respuesta en menos de 24h · Sin compromiso

+34
Si elige hoy, tiene que ser antes de las 12:00 y tiene un sobrecoste de 40€ + IVA. Nuestro horario para este trámite es hasta las 14:30.
Indique la fecha exacta solo si ha seleccionado semana que viene o mes que viene.
Mandato de la Seguridad Social
 
Descargue y firme el mandato de la Seguridad Social.
Ponga en la casilla de fecha la fecha en la que inicia la actividad (fecha de alta).
 
Arrastra y suelta archivos aquí o Examinar
Suba el mandato firmado. Formatos permitidos: PDF, JPG o PNG.
Arrastra y suelta archivos aquí o Examinar
Suba el DNI por ambas caras. Formatos permitidos: PDF, JPG o PNG.
Si tiene dudas, pregúntenos. Normalmente aconsejamos la mínima para pagar menos cuota mensual.
Si se acoge, la tarifa mensual se verá aumentada.
La mutua es obligatoria. Si prefiere otra, indíquelo en observaciones.
Indique aquí cualquier aclaración o dato adicional que considere importante.
Indique una cifra aproximada. Si tiene dudas, déjenos una estimación lo más realista posible.
Indique la dirección completa de su domicilio personal.
Indique la dirección completa donde va a desarrollar la actividad.
Si desarrolla la actividad en su vivienda, indique los metros totales y los metros destinados al trabajo.
Si va a desarrollar la actividad en una empresa o local, indique los metros totales de las instalaciones.

Alta autonomo en la Agencia Tributaria.

Alta autonomo.

 

A la hora de tramitar el alta autónomo, el IVA donde habrá que indicar Los regímenes aplicables:

  1. General.
  2. Régimen especial recargo de equivalencia.
  3. Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
  4. Régimen general simplificado.
  5. Régimen especial del criterio de Caja.

Obligación del pago fraccionado a cuenta del IRPF que te corresponda y el modo de estimación en el que tributarás IRPF (objetiva o directa: normal o simplificada).

 

Novedades fiscales para los autónomos este próximo año 2023.

El año 2023 viene cargado de novedades para los autónomos. La más esperada ha sido el nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales, tras la cual ha habido nuevas modificaciones.

El contexto de inflación ha llevado a una desaceleración en el crecimiento de nuestra economía y ha dado lugar a un descenso en el poder adquisitivo de los ciudadanos españoles, lo cual ha repercutido en los autónomos y desde el gobierno se han tomado medidas.

Las novedades llevan consigo una reducción fiscal en diferentes niveles que permitirá un pequeño respiro a los autónomos.

Estas medidas se comenzarán en 2023 aunque no tendrán impacto hasta el 2024. Las principales medidas son:

  • Rebajas en el IRPF y aumento en las deducciones: habrá una rebaja de 5 puntos porcentuales sobre el IRPF y aquellos que tributen por el sistema de estimación directa, verán un aumento en las deducciones de entre el 5% y el 7%, con un límite de 2.000€.

Esta rebaja fiscal beneficiara a más de 577.00 autónomos con un ahorro de 184 millones de euros.

  • Subida en el limite exento del IRPF: aquellos autónomos que tengan hijos y se decanten por realizar una declaración conjunta, verán aumentado el limite de tributación de 18.000€ y 19.000€ anuales debido a la reducción planteada en los rendimientos de trabajo.
  • Medidas para las empresas: las empresas se verán beneficiadas con una reducción del 25% al 23% para aquellas que facturen menos de un millón al año.
  • Aumento en el tipo de las rentas altas: esto podría afectar de manera negativa a algunos autónomos. Habrá un aumento de la tributación del 26% al 27% para aquellas rentas del capital superiores a los 200 mil euros y para aquellas superiores a 300 mil euros, habrá un aumento del 26% al 28%

 

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