A la hora de crear tu empresa en España te recomendamos que leas este artículo para saber qué pasos es conveniente que lleves a cabo:

 

1.   Elección de la forma jurídica

Para crear una empresa en Madrid es importante elegir sobre la forma jurídica. Dependerá de la naturaleza de la actividad o el enlace del proyecto, el número de socios y la responsabilidad legal dispuestos a asumir.

Será necesario tener en cuenta que crear empresa en Madrid dependerá de las obligaciones fiscales y contables, la inversión económica inicial para la constitución de la empresa y la escritura de constitución de una sociedad.

Para asociarse empresarialmente junto a otra persona y hacer la constitución de sociedades debes conocer los diferentes modelos de constitución de sociedades o mercantiles existentes en España. Si la idea es iniciar una empresa sin acompañantes, crea una sociedad limitada unipersonal (SLU) para así restringir la responsabilidad fiscal al capital aportado.

2.   Sigue nuestros consejos

Algunos requisitos necesarios para crear una empresa en Madrid son la obtención de la certificación negativa el nombre que elegirás para tu negocio. Para obtener la certificación negativa debes solicitarla en el Registro Mercantil Central acudiendo a sus oficinas físicas, rellenando el formulario web en su sede online o remitiendo una carta mediante un correo postal. 

Para la creación de empresas Madrid este documento cuenta con la capacidad de acreditar que no exista otra sociedad operando con ese mismo nombre, esto a la larga puede resultar clave, por lo que se recomienda consultar y asegurarte de la existencia del nombre de tu empresa.

Es necesario para la creación de empresas en Madrid inscribir tu empresa en el Registro Mercantil, aunque este proceso no garantiza que tu logotipo, eslogan o cualquier producto que crees se encuentren protegidos. Será necesario un registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas. 

Ø  Redacción de los estatutos sociales

Estos rigen el funcionamiento de cómo crear una empresa gratis y aunque pueden ser modificados posteriormente, lo ideal es dejarlos claros desde el principio y evitar controversias entre los socios. 

Se debe reflejar la información básica de la empresa como constitución sociedad de responsabilidad limitada y todo lo que se encuentre relacionado con el capital social inicial.

Ø  Cuenta bancaria que se encuentra asociada a nombre de la empresa

Uno de los principales requisitos para la constitución de sociedad consiste en aportar una capital social considerada mínima. 

Según el tipo de constitución de una sociedad que constituyas, será necesario depositar ese dinero en una cuenta bancaria que se encuentre a nombre únicamente de la empresa. 

Ø  Número de identificación discal en la Agencia Tributaria

El número de identificación fiscal NIF es un código alfanumérico el cual tendrás que usar en todos y cada uno de los documentos que se encuentren relacionados con tu negocio para empresas de auditoría, tanto para la constitución de la sociedad como para la presentación de impuestos o facturación de la actividad.

Para obtener el NIF será necesario rellenar el modelo 036, que podrá presentar telemáticamente en la Agencia Tributaria.

Ø  Escritura pública ante notario

Si la empresa de auditoria se encuentra constituida entre varios socios, se debe acudir ante un notorio ejecutando la firma de la escritura pública de constitución de sociedades 24 horas mediante la presentación de documentos, estatutos sociales, certificación negativa del nombre de la empresa, certificación bancaria del depósito de capital social y documentación sobre la identificación. 

Ø  Inscripción en el Registro Mercantil

Para adquirir constancia de la creación de empresas, el Registro Mercantil otorga a la sociedad plena capacidad jurídica, permitiendo reconocimiento de proveedores, entidades bancarias, inversores y entidades públicas.

Cabe destacar que toda creación de sociedad debe estar inscrita en el Registro Mercantil de su provincia. 

Ø  Alta en IAE

El impuesto de actividades económicas (IAE) debe ser aplicado a todas las pymes y autónomos que desempeñen una actividad profesional o empresarial. Por consiguiente, inaugurar una empresa se debe de tramitar su alta indicando la actividad empresarial destinada a ser desarrollada. 

En el caso de ejercer como administrador de la sociedad será necesario darnos de alta en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria y en el RETA, donde se figura como autónomo societario. 

Ø  Certificación electrónica

Es un proceso habitual y demandado por la Administración Pública. Es recomendable que tu empresa cuente con certificación electrónica para facilitar trámites y ahorrar muchísimo tiempo.

 

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