¿Trabajas fuera de España y quieres pagar menos impuestos? En Gestoría eMadrid te ayudamos a aplicar la exención 7p
Si estás prestando tus servicios profesionales en el extranjero pero mantienes tu residencia fiscal en España, es posible que puedas beneficiarte de una importante ventaja fiscal: la exención 7p del IRPF. Este régimen permite dejar exentos de tributación hasta 60.100 euros anuales de tus rendimientos del trabajo, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
En Gestoría eMadrid, somos especialistas en fiscalidad internacional y tramitación ante la Agencia Tributaria. Te acompañamos de forma personalizada para aplicar correctamente el artículo 7p IRPF, calculamos el importe exento con precisión, preparamos la documentación necesaria y respondemos ante Hacienda si surge cualquier requerimiento.
Gestoría eMadrid
Gestoria para renta 7p
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Exención 7p por trabajos en el extranjero: guía completa para aplicar correctamente el beneficio fiscal
La exención 7p es una de las herramientas fiscales más relevantes para los contribuyentes que realizan su actividad profesional fuera de España, y que desean beneficiarse de un tratamiento fiscal más favorable en su declaración del IRPF. Este régimen, regulado en el artículo 7p IRPF, permite excluir de tributación determinados rendimientos del trabajo generados por tareas desarrolladas en el extranjero. En este artículo exploramos en profundidad todos los aspectos de la 7p, desde los requisitos 7p hasta cómo calcular correctamente el importe exento, pasando por su reflejo en la declaración y los procedimientos administrativos ante Hacienda 7p.
¿Qué es el artículo 7p del IRPF?
El artículo 7p IRPF de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece que estarán exentos de tributar en España los rendimientos del trabajo obtenidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, siempre que se cumplan una serie de condiciones específicas.
Esta exención 7p tiene un límite económico anual y se aplica de forma proporcional al tiempo trabajado fuera de España. En 2025, el límite se sitúa en 60.100 euros anuales, aunque esta cifra puede actualizarse por normativa.
Beneficiarios de la exención 7p
El beneficio de la 7p IRPF está dirigido a trabajadores por cuenta ajena que, manteniendo su residencia fiscal en España, se desplacen temporalmente para prestar servicios a una empresa o entidad no residente en territorio español.
Esto incluye a:
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Empleados de multinacionales.
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Consultores y técnicos destacados en proyectos internacionales.
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Directivos con responsabilidad en filiales extranjeras.
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Personal en misiones comerciales, técnicas o de asesoría.
Es importante entender que esta exención 7p no aplica a trabajadores autónomos ni a rendimientos obtenidos en remoto desde España para entidades extranjeras.
Requisitos para aplicar la exención 7p
La aplicación de la 7 p no es automática. El contribuyente debe cumplir con todos los requisitos 7p establecidos por la normativa tributaria y, además, demostrar con documentación adecuada que los servicios se han prestado efectivamente en el extranjero.
Los principales requisitos 7p son:
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Trabajo efectivamente realizado en el extranjero: El desplazamiento debe ser real, con presencia física en el país de destino.
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Empresa o entidad destinataria no residente: Los servicios deben prestarse a una entidad extranjera, sin importar si es vinculada o no al empleador en España.
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Tributación en el país de destino: El país donde se realiza el trabajo debe tener un impuesto de naturaleza similar al IRPF y no ser considerado un paraíso fiscal.
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Residencia fiscal en España: El trabajador debe seguir siendo residente fiscal en España durante el periodo de trabajo en el extranjero.
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Límite de 60.100 euros: No puede aplicarse la exención 7p a importes superiores al máximo anual permitido.
¿Qué dice Hacienda sobre la exención 7p?
La 7p Hacienda ha sido objeto de diversas consultas vinculantes y resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). En general, la Agencia Tributaria española admite la exención 7p siempre que se pueda acreditar el cumplimiento de los requisitos 7p, especialmente en lo relativo a la efectiva realización del trabajo en el extranjero y la tributación en el país receptor.
No obstante, existen criterios interpretativos sobre lo que se entiende por "trabajo efectivo", especialmente en casos donde hay estancias mixtas o desplazamientos parciales. En este sentido, la correcta planificación fiscal y la documentación adecuada son claves para evitar problemas.
¿Cómo calcular el importe exento?
La calculadora 7p es una herramienta indispensable para determinar cuánto del salario anual puede acogerse a la exención. Aunque no existe una calculadora oficial por parte de Hacienda, diversas gestorías y asesores fiscales utilizan modelos internos que consideran:
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Número de días efectivamente trabajados en el extranjero.
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Salario bruto anual.
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Límite máximo exento.
La fórmula básica de la calculadora 7p sería:
Importe exento = (días trabajados en el extranjero / 365) x salario anual, con límite de 60.100 €
Por ejemplo, si una persona trabaja 180 días en el extranjero y su salario anual es de 90.000 €, el importe exento sería:
(180/365) x 90.000 = 44.383,56 € → Total exento dentro del límite legal.
¿Cómo se refleja en la declaración de la renta?
Una vez determinado el importe exento mediante la calculadora 7p, el siguiente paso es reflejarlo correctamente en la declaración del IRPF.
El procedimiento habitual es:
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Incluir todos los rendimientos del trabajo en las casillas correspondientes.
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Indicar el importe exento en la casilla específica del programa Renta Web, que suele figurar bajo el epígrafe “trabajos en el extranjero”.
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Adjuntar la documentación acreditativa en caso de ser requerido.
Es recomendable que el contribuyente conserve billetes, reservas, contratos, certificados del empleador extranjero y cualquier otro documento que demuestre la realidad del desplazamiento y la actividad realizada.
El formulario 7p: ¿existe?
No hay un formulario 7p específico de solicitud previa para aplicar esta exención. Sin embargo, algunos contribuyentes optan por incluir una nota explicativa en su declaración o presentarla voluntariamente ante la Agencia Tributaria si tienen dudas sobre su aplicación.
En los casos en los que Hacienda requiera información adicional, podrá pedirse documentación complementaria a través de una notificación oficial.
Documentación recomendada
Aunque no hay un modelo oficial, es aconsejable tener preparados los siguientes documentos para justificar la exención 7p:
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Contrato de trabajo con cláusula de desplazamiento.
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Certificado del empleador en el que conste el país, fechas y naturaleza de las funciones.
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Justificante de estancia (billetes, alojamiento, visados).
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Pruebas de la existencia y naturaleza del impuesto en el país de destino.
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Declaración de impuestos del país extranjero, si se dispone de ella.
Toda esta documentación será útil tanto para cumplimentar correctamente el formulario 7p como para responder a posibles requerimientos de la Agencia Tributaria.
Exenciones acumuladas y casos especiales
Hay que tener en cuenta que la exención 7p es incompatible con el régimen de excesos previsto para trabajadores desplazados al extranjero por empresas españolas (art. 9.A.3.b RIRPF). El contribuyente debe optar por uno de los dos beneficios, el que resulte más favorable.
Además, en ciertos casos se pueden plantear conflictos de doble residencia fiscal, especialmente si el trabajador pasa más de 183 días en otro país. Esto podría afectar a la aplicación del 7p IRPF, por lo que es recomendable revisar los convenios de doble imposición.
Preguntas frecuentes sobre la exención 7p
¿Se puede aplicar la exención 7p si el trabajo es en remoto?
No. El artículo 7p IRPF exige que el trabajo se realice físicamente en el extranjero. No es aplicable si el trabajador reside en España y presta servicios a distancia.
¿Qué pasa si me paso del límite de 60.100 €?
Se aplicará la exención hasta ese límite. El resto del salario tributa como rendimiento normal del trabajo.
¿Cómo puedo justificar los días trabajados?
Con calendarios de viaje, pasaportes sellados, billetes de avión, informes de proyectos y declaraciones juradas del empleador.
Buenas prácticas para aplicar el 7p con éxito
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Planificación previa: Antes del desplazamiento, consulta con un asesor fiscal para confirmar la aplicabilidad del 7p IRPF.
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Control documental: Guarda toda la documentación desde el primer día. Si es posible, solicita un certificado de desplazamiento emitido por la empresa.
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Revisión del país destino: Verifica que el país tenga un impuesto equivalente al IRPF y que no esté en la lista de paraísos fiscales.
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Cálculo riguroso: Usa una calculadora 7p fiable para evitar errores.
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Transparencia con Hacienda: Si recibes un requerimiento, responde con claridad y adjunta toda la documentación posible.
Conclusión
La exención 7p es una oportunidad fiscal relevante para los trabajadores desplazados al extranjero que conservan su residencia fiscal en España. Aplicar correctamente el 7p IRPF permite optimizar la tributación de los rendimientos del trabajo y evitar pagar impuestos dos veces por los mismos ingresos.
Sin embargo, también conlleva una responsabilidad documental y técnica que requiere un conocimiento riguroso de los requisitos 7p, del artículo 7p IRPF, y de las instrucciones de la 7p Hacienda. Para ello, contar con un buen asesoramiento es fundamental.
Ya sea que necesites completar el formulario 7p, preparar la documentación o hacer un cálculo exacto con una calculadora 7p, estar bien informado y actuar con previsión es la mejor forma de aprovechar esta herramienta.
Si estás planificando un desplazamiento al extranjero o ya lo has realizado, y quieres beneficiarte de la exención 7p, no dudes en consultar con un profesional. Un correcto tratamiento del irpf 7p puede marcar la diferencia entre una declaración optimizada y una sanción por mala aplicación de la normativa.