Los startups, es decir, las nuevas empresas emergentes de rápido crecimiento también tienen la necesidad de declarar a Hacienda la financiación que reciben.

Los pequeños inversores en estas empresas pueden deducirse hasta un 20% del capital que invierten, para ello, la empresa ha de ser nueva en el mercado, o tener menos de 3 años de vida.

 

La deducción máxima a la que pueden acceder los empresarios es de 50.000 euros, además, la empresa debe haber declarado en el modelo 165 sin superar los 400.000 euros de fondo propio.

Los inversores no pueden ser titulares de más del 40% del capital, y permanecer entre 3 y 12 años en la empresa, la nueva sociedad no puede dedicarse a la gestión de patrimonio inmobiliario o mobiliario, tampoco podrán deducirse las aportaciones a sociedades de nueva creación que realicen la misma actividad que empresas o sociedades más antiguas, donde se vea que existe una continuación de actividad.

Ad & Law recuerda que a nivel regional, muchas Comunidades Autónomas dan ayuda a los emprendedores, en Madrid la deducción máxima es de un 20%, mientras que en Barcelona es de un 30%.

Las plusvalías generadas por la venta de participaciones también han de ser incluidas.

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Fuente: Cinco días www.cindodías.com

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