La última reforma fiscal hizo que cambiasen las condiciones para deducir el alquiler de la renta. Los contribuyentes que firmasen un contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015 todavía pueden deducirse el 10,05% de la renta, pero además hay otra serie de condiciones que deben cumplir.

Los contribuyentes con una base imponible inferior a 24.107,20 euros y que tengan satisfecho un alquiler por su residencia habitual, pueden aplicar una deducción del porcentaje del 10,05% antes mencionado sobre la cuota íntegra del impuesto. La base máxima de deducción varía:

  • Cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales
  • Cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 euros y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales.

Fuente: Finanzas.com

 

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