Cómo hacer transferencias de vehículos en gestoría

Descubre la forma de hacer traspasos de automóviles en la gestoría de manera rápida, fácil y eficiente. 

Cambiar el nombre del coche después de una venta o compra es un proceso molesto que puede resultar largo y difícil, además de generar una pérdida de tiempo en desplazamientos hasta estar completado el proceso. En Gestoría eMadrid te ayudamos a agilizar el proceso de transferencia de coche en gestoría para que no debas preocuparte de nada. 

Para empezar, después de adquirir un coche de segunda mano se debe comenzar con la transferencia del cambio de titular del vehículo. Esta debe estar en un plazo máximo de 30 días tras la firma del contrato entre los agentes. Además, antes de ejecutar este trámite, es posible solicitar un informe reducido del vehículo en la DGT con el fin de comprobar que está dado de alta correctamente y libre de cargas. 

Esta transferencia se puede tramitar de dos formas distintas. La primera es hacerlo de manera presencial, entregando la documentación en la Jefatura o en la Oficina de Tráfico.  Para ello será necesario otorgar un impreso de cambio de titularidad cumplimentado y firmado por el comprador y el vendedor, además de un contrato de compraventa. También será necesario un justificante de pago de la tasa y otro del pago de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Comunidad Autónoma del comprador. Todo ello pidiendo la correspondiente cita previa online o por teléfono (060).

¿Cómo hacer el trámite de transferencia de vehículo online?

La otra forma posible de tramitación es realizarlo de manera telemática. Esta se puede realizar a través del registro electrónico de Cambio de Titularidad, que para acceder a este se debe disponer del DNI electrónico, certificado electrónico o cl@ve, además del abono de la tasa correspondiente. Este método además cuenta con muchas ventajas.

Una de ellas es el servicio integral, es decir, que solo se deben introducir los datos que se solicitan en el formulario y fotografías de los documentos de identidad de los interesados, además de otras del vehículo para poder proceder con el proceso de transferencia de vehículos. 

Otra de las ventajas de tramitar de manera online es que se puede realizar el cálculo del coste total de manera rápida y eficiente. Esto es debido a que se indica en la propia página, concretamente en el lateral izquierdo. Así, se puede ver el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el precio final total a abonar por el cambio de nombre en el vehículo. Además, resulta muy útil a la hora de evitar los desplazamientos, siendo tan solo necesario disponer de un dispositivo móvil u ordenador enganchado a internet y unos minutos de tu tiempo. De esta manera te olvidará de tener que acudir variar veces para tramitar hasta completar el proceso. 

Pero no solo eso, también resulta útil esta manera ya que no es necesario el papeleo, que en tantas ocasiones nos incomoda. Tan solo se deben aportar imágenes de los documentos que den por válidas tanto la identidad de las personas implicadas como la del vehículo implicado en la compraventa. 

De esta manera se conseguirá una mayor rapidez, pasando de un trámite que podría llegar a suponer horas a una gestión de unos minutos y con un precio ajustado. Sin embargo, en nuestro equipo elevamos la experiencia para facilitarte al completo el proceso. 

Para ello, necesitaremos una copia del DNI o NIE en vigor, tanto del comprador como del vendedor. En el caso de que el domicilio del comprador no coincida con lo que sale reflejado en su DNI se deberá justificar con un documento acreditativo. Además será necesaria una fotocopia de la ficha técnica del vehículo, aunque no es necesario que la Inspección Técnica del Vehículo esté al día. También será necesario entregar el impuesto municipal delo ayuntamiento (IVTM), aunque su presentación no es imprescindible si que es necesario conocer si está al día con el pago del año anterior a la venta.

En cuanto a los trámites, será necesaria la firma en el contrato de compraventa tanto del comprador como del vendedor y un contrato de mandato firmado por el comprador y otro por el vendedor. Además de por su puesto una firma en un documento de consentimiento por ambas partes.

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Artículo escrito por Guiomar Peña Díaz

 

 
 

 

 

 
 

 

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