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En el próximo mes de abril arranca la campaña de la declaración de la renta 2020 y existen algunas novedades a tener en cuenta de los trabajadores que quedan exentos de hacer este trámite.

En primer lugar aquellos que recibieron una indemnización por despido con ciertas limitaciones. Quedan exentos los primeros 180.000 euros, el resto debe ser tributada como rendimiento del trabajo. También queda exento de tributar aquellos que hayan recibido las prestaciones por baja de maternidad y paternidad .Otro caso exento de pago favorece a aquellas personas que han tenido un rendimiento de trabajo en el extranjero, el límite en este caso para la exención está en los 60.100 euros por año.

Otras excepciones marcadas por la Hacienda es la indemnización por despido o las rentas de vivienda habitual para mayores de 65 años.

 

 

Por lo tanto desde nuestra gestoría declaracion renta en Madrid le ayudamos a gestionar este trámite y le ofrecemos las mejores condiciones e información pertinente con respecto a la declaración de la renta 2020.

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