Declaración de la renta

 

Se acerca la fecha de inicio de la declaracion de la renta 2022-2023, periodo que abarcará desde el 11 de abril hasta el 30 de junio. Como ya sabrán aquellos que estén habituados a realizarla y como consejo para los nuevos contribuyentes, solventar este trámite y esclarecer todas las dudas que puedan surgir alrededor de él lo antes posible es una acción necesaria para evitar problemas futuros, ya que la declaracion de la renta es algo compleja de llevar a cabo debido a todos los factores que influyen en ella. Una de las dudas más frecuentes entre los contribuyentes es, entre otras, como que papeles necesito para hacer la declaracion de la renta, saber qué hacer cuando tengo dos pagadores o qué ingresos no se consideran como segundo pagador.

En primer lugar, es necesario conocer cuál es la cantidad de ingresos percibidos necesarios para tener que hacer la declaracion de la renta. Este año los mínimos de tributación han aumentado, pasando de los 14.000 euros de ingreso mínimo para ser declarado a 15.000 euros en la actualidad para aquellos que tienen dos pagadores.

 

¿Cuándo se considera que tengo dos pagadores?

 

Aclaremos que el pensamiento generalizado de que tener dos pagadores es sinónimo de pagar más, es incorrecto. Lo que ocurre es que el mínimo exento de realización de la declaración de la renta es menor cuando se tienen dos pagadores, aunque como ya hemos explicado este año ha aumentado, siempre y cuando la cantidad de ingresos percibida por el contribuyente de parte del segundo pagador.
¿Cuándo se considera que tengo dos pagadores sea superior a los 1500 euros, o cuando se trate de contribuyentes cuyos únicos rendimientos de trabajo consistan en las prestaciones pasivas. En casos contrarios las cantidades exentas de contribución se igualan con las personas que hayan tenido un solo pagador, es decir, no será necesario realizar la declaración de la renta si los ingresos percibidos no superan los 22.000 euros.

Otro caso habitual para las personas con dos pagadores es que el IRPF que se coloca sea menor ya que una de las empresas pagadoras considera que es la única y no tiene en cuenta los ingresos percibidos por otras fuentes, lo que podría dar lugar a un resultado positivo al hacer la declaración de la renta gestoria, que posteriormente la Agencia Tributaria reclamará su compensación. Es posible que al percibir ingresos por trabajos extra se tenga que tributar un porcentaje más elevado al saltar de tramo fiscal.

La Agencia Tributaria considera que existen dos pagadores cuando se reciben ingresos de parte de dos NIF diferentes, incluyendo esto a aquellos contribuyentes que hayan recibido durante su año fiscal ingresos de un ERTE o las prestaciones por desempleo o por viudedad o jubilación entre otras.


¿Qué ingresos no se consideran segundo pagador?


Cuando me encuentro en situación de tener dos o más posibles pagadores, es necesario saber que necesito para hacer la declaracion de la renta. La Agencia Tributaria considera que no existen dos pagadores en el supuesto de que se produzca una sucesión de empresas, es decir, cuando una empresa cambia su titularidad o se produce una fusión con otra entidad, el asalariado no es considerado como persona que ha percibido ingresos de parte de dos pagadores diferentes. Tampoco se tienen en cuenta como segundos pagadores la subrogación laboral o pagos delegados, como podría ser, por ejemplo, un ingreso que se percibe por una incapacidad temporal.

Las indemnizaciones por despido, a no ser que la cuantía de la misma sea superior a los 180.000 euros, están exentas de tributación, al igual que las indemnizaciones por accidente, las prestaciones por incapacidad permanente, para víctimas del terrorismo o por la Ley de Dependencia, además de las becas o rentas de reinserción y las prestaciones por acogida, orfandad o auxilio de defunción.

Cabe resaltar el caso de las pensiones compensatorias. Dichas pensiones siempre han de ser declaradas al Fisco, aunque estas en algunos casos se puedan desgravar. Pero existe una excepción, y es el caso de las pensiones alimenticias en favor de los hijos: estas pensiones son parte de las rentas exentas de tributación ya que vienen dadas por una resolución judicial, son el resultado de la misma, como se establece en la ley del IRPF. La Agencia Tributaria aclara en esta ley que estas cantidades de pensiones de alimentos tributan en el pagador. Es por esto que tanto en estas anualidades como en las compensaciones al cónyuge hay que tener en cuanto quién es el pagador y quién recibe dicha cuantía. Al hacer la declaracion de la renta gestoria encontraremos casillas establecidas por la Agencia Tributaria que habrá que marcar en estas situaciones.

Todas estas consideraciones son de necesario conocimiento para el contribuyente ya que marcan los baremos en los que nos ubicamos y nos ayudarán a conocer que necesito para hacer la declaración de la renta. Las situaciones específicas de cada contribuyente pueden transformarse en un cúmulo de dudas para el mismo ya que la realización de la declaración de la renta está sujeta a muchas condiciones que no siempre están al alcance de nuestro entendimiento, por eso muchas personas toman la opción de ponerse en manos de profesionales como una gestoria declaracion de la renta que nos puedan ayudar, aunque también siempre tenemos a mano resolver nuestras dudas en la página web de la Agencia Tributaria.

Gestoria e Madrid. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  Telf. 914458632 / 622786404 (solicite cita previa) C/General Alvárez de Castro, 41 - 28010 Madrid. 

 

 

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