Se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.


Están obligados a declarar aquellos que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

 

Entre las novedades introducidas en 2011 destaca el aumento de la deducción por inversión de vivienda habitual, con independencia de la base imponible.

Además se amplía el ámbito objetivo de la deducción a las obras efectuadas en cualquier vivienda, siempre que sea propiedad del contribuyente y no esté afectada a actividades económicas, y se incrementa tanto el límite de importe de la base imponible para acceder a la deducción como la cuantía de la misma.

Los contribuyentes podrán deducir el 10.05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107.20 euros anuales.

Fuente: Ine.es

 

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