Nos encontramos a las puertas del inicio de la campaña para declarar la renta de 2014. A estas alturas puede que tengas dudas sobre cómo puedes solicitar el borrador de tu declaración. Te mostramos los requisitos que necesitas para solicitarlo y cómo puedes hacerlo.
Requisitos para solicitar el borrador de tu declaración
Puedes consultar en nuestro artículo ¿Quiénes están obligados a declarar el IRPF? Los requisitos para declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas este año, ya sea confirmando un borrador o presentando una declaración.
Por otro lado, están obligados a presentar declaración en modelo ordinario, es decir, no pueden utilizar el borrador:
- Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas (empresarios, profesionales, agricultores, ganaderos, etc.)
- Quienes perciban rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención o ingreso a cuenta.
- Quienes hayan tenido ganancias patrimoniales no sujetas a retención o ingreso a cuenta y cualquier tipo de subvención calificada como rendimiento de actividades económicas.
- Los contribuyentes con imputación de rentas inmobiliarias que procedan de más de ocho inmuebles.
- Los contribuyentes perceptores de rendimientos del capital inmobiliario, en todos los casos y /o de rendimientos derivados del arrendamiento o cesión de bienes.
- Los socios, herederos, comuneros o partícipes de entidades en régimen de atribución de Rentas que realicen actividades económicas.
Este es el procedimiento a seguir a la hora de solicitar el borrador de Declaración de la Renta para este año:
Si solicitaste el borrador de la declaración de 2013 el año pasado, no será necesario reiterar la solicitud del borrador de declaración ya que de forma automática lo recibirás por correo en tu domicilio fiscal. Tampoco será necesario si en la pasada campaña confirmaste el borrador de declaración.
Si por el contrario no solicitaste el borrador del IRPF en la pasada declaración o no confirmaste tu borrador será necesario que lo solicites a partir del 7 de abril.
- Podrás solicitar el borrador por Internet: www.agenciatributaria.es
- Por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) y en el 901 200 345 (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
- También podrás solicitar el borrador personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Si hiciste la declaración del año anterior pero no encuentras el borrador, puedes acudir a una delegación de la Agencia Tributaria y solicitarlo o utilizar el sistema PIN24H. Recuerda que siempre es mejor solicitar el borrador habiéndolo solicitado en la renta del año anterior para que pueda visualizarse la opción más favorable del borrador o los datos fiscales a través de Internet y desde el primer día.
Los plazos para la presentación del borrador de declaración de la renta 2014 de la campaña de 2015 son:
- Del 7 de abril de 2015 hasta el 30 de junio de 2015 puedes presentar por internet tu borrador de la declaración de la renta (siempre que el borrador haya sido confeccionado por la Agencia Tributaria).
- Si el borrador de declaración implica una cantidad a pagar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación del borrador deberá realizarse hasta el 25 de junio de 2015. Hasta el 30 de junio si el Borrador es con resultado a devolver, se renuncia a la devolución y a ingresar sin domiciliación.
Gestoría eMadrid. Su Gestoría para hacer la Declaración de la Renta C/General Alvarez de Castro, 41 - Escalera Izquierda - 1º Izquierda - Oficina 10. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Telf. 91 445 86 32
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