Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero en España

El Modelo 720 es una declaración informativa obligatoria para los residentes fiscales en España que tienen bienes o derechos en el extranjero. Aunque no implica el pago de impuestos, su correcta presentación es fundamental para evitar sanciones y problemas con la Agencia Tributaria.

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Asesoria para hacer el modelo 720

¿Qué es el Modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración informativa creada por la Agencia Tributaria con el objetivo de controlar los bienes y derechos que los contribuyentes residentes en España poseen en el extranjero.

A diferencia de otros modelos tributarios, el Modelo 720 no implica el pago de impuestos, sino únicamente la obligación de informar sobre determinados activos cuando se superan ciertos límites económicos.

Esta obligación se introdujo para reforzar el control fiscal internacional y evitar la ocultación de patrimonio fuera de España.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 720?

Deben presentar el Modelo 720 todas las personas físicas o jurídicas que sean residentes fiscales en España y que tengan bienes en el extranjero por valor superior a 50.000 euros en cualquiera de los bloques establecidos.

  • ✔ Titulares de cuentas en el extranjero
  • ✔ Propietarios de inmuebles fuera de España
  • ✔ Inversores con activos financieros internacionales
  • ✔ Personas autorizadas o beneficiarias de cuentas

Es importante destacar que la obligación de declarar no depende únicamente de la titularidad, sino también de la disponibilidad o autorización sobre los bienes.

¿Qué bienes deben declararse en el Modelo 720?

1. Cuentas bancarias en el extranjero

Incluye cuentas corrientes, depósitos, libretas de ahorro y cualquier tipo de cuenta financiera fuera de España.

Se deben declarar los saldos a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre.

2. Valores, derechos, seguros y rentas

Este bloque incluye:

  • Acciones y participaciones
  • Fondos de inversión
  • Seguros de vida
  • Rentas temporales o vitalicias

3. Bienes inmuebles en el extranjero

Se deben declarar viviendas, locales, terrenos o cualquier derecho sobre bienes inmuebles situados fuera de España.

Límite de 50.000 euros en el Modelo 720

Solo existe obligación de presentar el Modelo 720 cuando el valor total de los bienes en cada bloque supere los 50.000 euros.

Si no se alcanza este límite, no será necesario presentar la declaración.

Obligación en años posteriores

Una vez presentado el Modelo 720, solo será obligatorio volver a presentarlo cuando:

  • El valor aumente en más de 20.000 euros
  • Se produzcan cancelaciones o cambios relevantes

Plazo de presentación del Modelo 720

El Modelo 720 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año.

Cómo presentar el Modelo 720

La presentación se realiza exclusivamente por vía telemática a través de la Agencia Tributaria.

Para ello es necesario disponer de certificado digital, Cl@ve PIN o contar con un asesor fiscal que gestione el proceso.

Sanciones del Modelo 720

No presentar el Modelo 720 o hacerlo incorrectamente puede dar lugar a sanciones económicas importantes.

Aunque el régimen sancionador ha sido modificado, sigue siendo fundamental cumplir correctamente con esta obligación para evitar problemas con Hacienda.

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Errores frecuentes en el Modelo 720

  • No declarar bienes por desconocimiento
  • Declarar solo el porcentaje de titularidad
  • No actualizar información
  • Errores en la valoración de activos

Relación del Modelo 720 con otros impuestos

El Modelo 720 puede tener implicaciones en:

  • IRPF
  • Impuesto sobre el Patrimonio

¿Cómo podemos ayudarle con el Modelo 720?

En Gestoría eMadrid ofrecemos un servicio completo para la gestión del Modelo 720.

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Preguntas frecuentes sobre el Modelo 720

¿El Modelo 720 implica pagar impuestos?

No, es una declaración informativa.

¿Qué pasa si no lo presento?

Pueden aplicarse sanciones.

¿Se presenta todos los años?

Solo cuando hay cambios relevantes.

¿Debo declarar cuentas compartidas?

Sí, incluso si no eres el único titular.

¿Se declaran criptomonedas?

Actualmente no en este modelo.

¿Puedo hacerlo sin asesor?

Sí, pero en muchos casos no es recomendable.

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