En este año se han producido una serie de novedades en el ámbito del sistema especial para empleados de hogar (bases y tipos de cotización) que hay que tener en cuenta para calcular el sueldo y los cambios en la nómina de los trabajadores del hogar.
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Las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales son, a partir del 1 de enero de 2015, las que aparecen en el siguiente cuadro publicado en la web de la Seguridad Social (seg-social.es)
Las bases de cotización serán en función de la retribución mensual percibida por los empleados de hogar, incrementada con la parte proporcional de las pagas extraordinarias a las que tenga derecho el empleado, por cada relación laboral.
Los tipos de cotización a partir de enero de 2015:
EMPLEADOR EMPLEADO TOTAL
CONTINGENCIAS COMUNES: 20,60% 4,10% 24,70%
CONTINGENCIAS PROFESIONALES: Se aplica el tipo de cotización previsto en la tarifa de primas en la Disposición final décima novena, de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, (clave epígrafe 97). La cuota resultante será a cargo exclusivo del empleador. En total un 1,10% resultante de la Incapacidad Temporal (IT) 0,65% y para Muerte y Supervivencia (0,45%).
REDUCCIÓN
Se mantiene en 2015 la bonificación del 20% para las cuotas a la Seguridad Social de personas empleadas en el hogar y también en el caso de las familias numerosas se aplica la reducción de cuotas del 45%.
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