La retribución de las vacaciones deberá incluir los conceptos retributivos ordinarios.
El Tribunal Supremo ha sentenciado que el salario percibido durante las vacaciones de los trabajadores ha de ser igual que el del resto del año, incluyendo complementos y pluses ordinarios, dejando fuera los conceptos extraordinarios relacionados con objetivos personales o empresariales.
Se han basado en lo establecido por la jurisprudencia comunitaria, cada trabajador tiene la obligación de retribuir las vacaciones con el objetivo desde un punto de vista salarial, que sea comparable a los períodos de trabajo argumentando que un descenso de su sueldo le alejaría de su derecho a disfrutar de su descanso, es decir ha de tener un descanso efectivo.
