AYUDAS A LA IGLESIA CATÓLICA Y A FINES SOCIALES
Por tanto, el declarante, podrá, simultáneamente, marcar las casillas
105 y 106, pues sus destinatarios son distintos. Y por el contrario,
no marcar ninguna de las dos. En cualquier caso, la asignación en
estos “cuadrados” no supondrá modificación alguna en la cantidad a
ingresar o a devolver que le haya resultado al contribuyente, es
decir, la declaración no se verá alterada.
El Estado colabora en el mantenimiento de la Iglesia Católica,
destinando el 0’7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas por parte de los contribuyentes que estén a
favor de su ayuda y muestren tal voluntad en la casilla 105 de la
página dos de la declaración. De igual manera y con idéntico importe,
se puede colaborar mediante asignación de cantidades a fines sociales,
pero marcando la X en la casilla 106 de la página dos del ejercicio.
FUENTE: Manual práctico RENTA 2012. Agencia Tributaria.