Gestión y presentación del Modelo 714

El Modelo 714 es la declaración utilizada para presentar el Impuesto sobre el Patrimonio, un impuesto que afecta a determinadas personas físicas en función del valor de los bienes y derechos de los que sean titulares.

En Gestoría eMadrid ofrecemos un servicio especializado de revisión, cálculo y presentación del Modelo 714, estudiando previamente la situación patrimonial del contribuyente para determinar si existe obligación de presentar la declaración y comprobar las posibles exenciones, reducciones, deducciones y bonificaciones aplicables.

El Impuesto sobre el Patrimonio puede requerir el análisis conjunto de inmuebles, cuentas bancarias, inversiones, acciones, participaciones empresariales, seguros, derechos económicos y otros elementos patrimoniales. Por este motivo, una correcta valoración de cada bien resulta especialmente importante.

¿Necesita ayuda con el Modelo 714?

En Gestoría eMadrid revisamos su situación patrimonial y le ayudamos con la presentación del Impuesto sobre el Patrimonio.

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¿Qué es el Modelo 714?

El Modelo 714 es el formulario utilizado para realizar la declaración de Patrimonio ante la Agencia Tributaria.

El impuesto tiene en cuenta, con carácter general, el patrimonio neto de la persona física a 31 de diciembre de cada año. Para su cálculo se consideran los bienes y derechos de contenido económico del contribuyente, teniendo también en cuenta las deudas y obligaciones que sean fiscalmente deducibles.

No debe confundirse el Impuesto sobre el Patrimonio con el IRPF. Son impuestos diferentes, aunque sus campañas de presentación suelen coincidir y determinadas magnitudes fiscales pueden estar relacionadas.

¿Quién tiene que presentar el Modelo 714?

La obligación de presentar el Modelo 714 no depende únicamente de tener un patrimonio elevado.

Con carácter general, existe obligación de presentar la declaración cuando, después de aplicar las normas del impuesto, deducciones y bonificaciones correspondientes, resulte una cuota tributaria a ingresar.

También puede existir obligación de presentar el Modelo 714 aunque el resultado final no sea a pagar. Esto ocurre cuando el valor de los bienes y derechos del contribuyente, calculado de acuerdo con las reglas del impuesto y antes de descontar determinadas deudas y cargas a estos efectos, supera los 2.000.000 de euros.

Por tanto, una persona puede estar obligada a presentar la declaración incluso cuando posteriormente una bonificación autonómica reduzca considerablemente o elimine la cantidad a ingresar.

Antes de presentar la declaración recomendamos realizar un estudio previo de todo el patrimonio para comprobar correctamente la obligación fiscal.

¿Cuál es el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio?

La normativa estatal establece con carácter general un mínimo exento de 700.000 euros, aunque las comunidades autónomas pueden modificar esta cantidad.

Este aspecto es especialmente importante porque el Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo cedido parcialmente a las comunidades autónomas y pueden existir diferencias relevantes dependiendo del lugar de residencia fiscal del contribuyente.

Por este motivo, para calcular correctamente el impuesto no es suficiente con sumar el patrimonio. Es necesario determinar la comunidad autónoma cuya normativa resulta aplicable y analizar sus mínimos, escalas, deducciones y bonificaciones.

Vivienda habitual y Modelo 714

La vivienda habitual dispone de un tratamiento específico en el Impuesto sobre el Patrimonio.

Actualmente existe una exención de hasta 300.000 euros por contribuyente sobre el valor de la vivienda habitual, siempre que se cumplan los requisitos establecidos legalmente.

Esto no significa necesariamente que una vivienda valorada por encima de esa cantidad quede completamente fuera de la declaración. La parte que exceda del límite de la exención puede tener que computarse.

Además, los inmuebles tienen sus propias reglas de valoración, por lo que no siempre debe utilizarse simplemente el precio actual de mercado.

¿Qué bienes pueden incluirse en la declaración de Patrimonio?

La elaboración del Modelo 714 puede implicar el análisis de numerosos tipos de bienes y derechos.

Entre ellos se encuentran los inmuebles, viviendas, locales, terrenos, cuentas y depósitos bancarios, acciones cotizadas, fondos de inversión, participaciones en sociedades, determinados seguros, rentas temporales o vitalicias, vehículos, embarcaciones, determinados objetos de valor y otros derechos de contenido económico.

Cada categoría tiene sus propias reglas de valoración.

Una de las partes más importantes de nuestro trabajo consiste precisamente en clasificar correctamente cada elemento patrimonial y determinar el valor fiscal que debe incluirse en la declaración.

Participaciones en empresas y sociedades

Las participaciones en empresas familiares o sociedades mercantiles requieren especial atención.

En determinados casos pueden existir exenciones relacionadas con participaciones empresariales, pero su aplicación depende del cumplimiento de diferentes requisitos relativos, entre otros aspectos, al porcentaje de participación, actividad desarrollada, funciones de dirección y remuneración.

Por ello, cuando el patrimonio incluye participaciones significativas en sociedades recomendamos realizar una revisión específica antes de confeccionar el Modelo 714.

Una aplicación incorrecta de una exención puede producir diferencias importantes en la cuota del impuesto.

Impuesto sobre el Patrimonio en Madrid

Los residentes fiscales en la Comunidad de Madrid deben prestar especial atención a la normativa autonómica.

Madrid ha contado tradicionalmente con una bonificación general del Impuesto sobre el Patrimonio. Sin embargo, durante la vigencia del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas se ha modificado temporalmente su funcionamiento.

Por ello no recomendamos asumir automáticamente que un residente en Madrid no tendrá que presentar o pagar el Impuesto sobre el Patrimonio.

Debe analizarse cada caso individualmente, especialmente cuando existen patrimonios elevados que pueden encontrarse también dentro del ámbito del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

Residentes y no residentes en España

El Modelo 714 no afecta exclusivamente a residentes fiscales españoles.

Las personas no residentes pueden quedar sujetas al Impuesto sobre el Patrimonio por determinados bienes y derechos situados, ejercitables o que deban cumplirse en territorio español.

Es habitual encontrar estas situaciones cuando una persona residente en otro país posee inmuebles, inversiones o determinados activos en España.

En Gestoría eMadrid podemos estudiar conjuntamente la situación del contribuyente para determinar las posibles obligaciones fiscales derivadas de su patrimonio en España.

¿Qué documentación necesitamos?

La documentación necesaria dependerá de la composición del patrimonio.

Normalmente será necesario revisar información sobre inmuebles, valores fiscales, porcentajes de propiedad, préstamos pendientes, certificados bancarios, inversiones, fondos, acciones, participaciones empresariales, seguros y cualquier otro activo o derecho relevante a 31 de diciembre.

Antes de iniciar la declaración realizamos una revisión de la documentación para detectar posibles datos pendientes y evitar confeccionar el impuesto con información incompleta.

Nuestro servicio de presentación del Modelo 714

Nuestro servicio de gestoría del Impuesto sobre el Patrimonio comienza comprobando si existe obligación de presentar la declaración.

Posteriormente analizamos la composición del patrimonio, revisamos la normativa aplicable, comprobamos posibles bienes exentos, estudiamos las reglas de valoración y calculamos el resultado de la declaración.

Una vez revisados los datos con el cliente, realizamos la presentación telemática del Modelo 714 y entregamos el correspondiente justificante.

También podemos estudiar conjuntamente otras obligaciones fiscales relacionadas cuando la situación patrimonial del contribuyente así lo requiera.

¿Por qué realizar una revisión previa?

El Impuesto sobre el Patrimonio puede parecer sencillo cuando se observa únicamente el valor total de los bienes, pero su correcta elaboración requiere aplicar diferentes reglas de valoración y determinar qué elementos están sujetos, exentos o parcialmente exentos.

Una diferencia en la valoración de un inmueble, una participación empresarial o una inversión puede modificar considerablemente el resultado.

Por ello nuestro objetivo no es únicamente presentar el formulario, sino comprobar previamente que la declaración de Patrimonio se realiza de acuerdo con la situación real del contribuyente y la normativa aplicable.

¿Necesita presentar el Modelo 714?

Si dispone de un patrimonio elevado, varios inmuebles, inversiones, participaciones empresariales o bienes situados en España y en el extranjero, podemos realizar una revisión previa de su situación.

Gestoría eMadrid analiza su caso, comprueba si existe obligación de presentar el Modelo 714, revisa las posibles exenciones y bonificaciones y prepara la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.

Consúltenos antes de presentar su declaración y estudiaremos su situación patrimonial de forma individualizada.

 
Cuéntenos su caso y le orientamos

Analizamos su situación patrimonial y le ayudamos a determinar si tiene obligación de presentar el Modelo 714.

Le responderemos lo antes posible para valorar su caso.

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