¿Quién está obligado a presentar el Modelo 714? Límites y casos habituales

Una de las dudas más habituales sobre el Impuesto sobre el Patrimonio es saber quién presenta el Modelo 714 y a partir de qué cantidad existe obligación de declarar.

La respuesta no depende únicamente de tener un patrimonio superior a una determinada cifra. La normativa establece dos situaciones distintas que pueden obligar a presentar la declaración.

Cuando el Impuesto sobre el Patrimonio resulta a pagar

La primera situación se produce cuando, una vez calculado el Impuesto sobre el Patrimonio y aplicadas las deducciones y bonificaciones correspondientes, la cuota final resulta a ingresar.

En estos casos existe obligación de presentar el Modelo 714.

Como referencia general, la normativa estatal contempla un mínimo exento de 700.000 euros, aunque las comunidades autónomas pueden establecer un mínimo diferente para sus residentes. Por ello, el límite del Impuesto sobre el Patrimonio puede variar dependiendo de la comunidad autónoma aplicable al contribuyente.

Patrimonio superior a 2 millones de euros

Existe una segunda regla especialmente importante.

Aunque después de aplicar las correspondientes exenciones o bonificaciones no resulte ninguna cantidad a pagar, existe obligación de presentar el Modelo 714 cuando el valor de los bienes y derechos del contribuyente sea superior a 2.000.000 de euros.

Para comprobar este límite se tienen en cuenta todos los bienes y derechos, incluidos aquellos que puedan estar exentos del impuesto.

Además, para este cálculo concreto no se descuentan las deudas personales ni las cargas y gravámenes que reduzcan el valor de los bienes. Por este motivo, no debe confundirse este límite de 2 millones con el patrimonio neto final utilizado posteriormente para calcular el impuesto.

Algunos casos habituales

Por ejemplo, una persona puede tener bienes valorados en 2.200.000 euros y una deuda hipotecaria importante. Aunque después de aplicar las normas del impuesto su patrimonio neto sea considerablemente inferior, puede seguir estando obligada a presentar el Modelo 714 porque el valor de sus bienes y derechos supera los 2 millones de euros.

También puede ocurrir el caso contrario: un contribuyente con un patrimonio bruto inferior a 2 millones de euros podría estar obligado a declarar si, después de aplicar el mínimo exento correspondiente y realizar el cálculo del impuesto, resulta una cuota a ingresar.

Por este motivo, no es recomendable utilizar exclusivamente la cifra de 2 millones de euros para determinar si existe obligación de presentar Patrimonio.

¿Se calcula por familia o por persona?

El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto individual.

No existe una declaración conjunta del patrimonio del matrimonio o de la familia. Cada contribuyente debe analizar los bienes y derechos que le correspondan según su titularidad.

Cuando determinados bienes sean comunes a ambos cónyuges, normalmente se atribuyen a cada uno según su porcentaje de participación y, en determinados supuestos, por mitad.

Esto significa que un matrimonio con un patrimonio conjunto elevado no tiene necesariamente la misma obligación fiscal que una sola persona titular de todos los bienes.

¿Cómo saber si tengo que presentar el Modelo 714?

Antes de decidir que no existe obligación de declarar, conviene comprobar tres elementos: el valor total de los bienes y derechos, el mínimo exento aplicable en la comunidad autónoma correspondiente y el resultado final del impuesto después de aplicar las posibles deducciones y bonificaciones.

En Gestoría eMadrid podemos revisar previamente su situación patrimonial y determinar si existe obligación de presentar el Modelo 714.

Si resulta obligado, podemos encargarnos de la preparación y presentación telemática de su declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.

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