Las deducciones por maternidad y por los hijos en la Declaración de la renta 2024-2025

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La campaña de la Declaración de la Renta 2024-2025 está a punto de arrancar, por lo que pronto los contribuyentes podrán presentar su declaración de la renta correspondiente al ejercicio tributario en 2024. Este año trae nuevas novedades, entre ellas nuevas deducciones y ventajas fiscales, destacando las deducciones por maternidad y por hijos.

Cuáles son las fechas clave para la Declaración de la Renta

Según ha adelantado la Agencia Tributaria, las fechas clave de la campaña son el 2 de abril, cuando dará comienzo, y el 30 de junio, cuando acabará. Sin embargo hay otras fechas que se deben tener en cuenta:

Antes de detallar las deducciones, es importante tener en cuenta el calendario fiscal:

  • Desde el 2 de abril: Se podrá presentar la declaración de la renta por internet.

  • A partir del 6 de mayo: Se habilitará el servicio de ayuda telefónica para presentar la declaración, con citas disponibles entre el 29 de abril y el 27 de junio.

  • Desde el 2 de junio: Los contribuyentes que prefieran realizar la declaración de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria podrán hacerlo, solicitando cita entre el 29 de mayo y el 27 de junio.

  • 25 de junio: Fecha límite para la presentación de declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria.

  • 1 de julio: Finalización de la campaña.

Cuáles son las deducciones por maternidad

Tras una reciente sentencia del Tribunal Supremo del 8 de enero de 2024, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han estipulado las bases de este decreto. Y es que ahora las madres pueden lucrarse de una deducción extra de hasta 1.000 euros por los gastos de guardería de su hijo, en el caso de ser menor de tres años. Además, esta medida aplica tanto para centros de educación infantil autorizados como para guarderías con licencia de apertura y funcionamiento, aunque no cuenten con la autorización educativa.

Gracias a esto, las madres con hijos menores de tres años pueden seguir beneficiándose de la atribución de hasta 1.200 euros anuales por cada descendiente, lo que supone 100 euros al mes. Para solicitarla, se tendrá que presentar el Modelo 140 de la Agencia Tributaria.

Otras deducciones por los hijos 

Además, es muy importante revisar el borrador de la declaración de la renta para notificar cualquier cambio en la situación civil o familiar, como matrimonios, nacimientos o adopciones. También, en el caso de separación o divorcio, se aplican condiciones específicas:

  • Pensión compensatoria al ex-cónyuge: El pagador puede reducir su base imponible general en la cantidad abonada, sin que el resultado sea negativo. Si hay excedente, se deduce de la base imponible del ahorro bajo la misma condición.

  • Pensión compensatoria recibida: Para el perceptor, esta pensión se considera un rendimiento del trabajo, pero no está sujeta a retención.

  • Anualidades por alimentos a favor de los hijos: No reducen la base imponible del pagador, pero se someten a un tratamiento especial que limita la progresividad del impuesto. Los hijos que las reciben no tienen que tributar por ellas, ya que son rentas exentas.

Deducciones por familia numerosa

Además, las familias numerosas también pueden lucrarse de deducciones fiscales:

  • Familias con tres hijos: 1.200 euros anuales.

  • Familias con cinco o más hijos: 2.400 euros anuales.

  • Familias con hijos con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada hijo con discapacidad.

Con estas novedades, la Declaración de la Renta sin duda representa un alivio económico para muchas familias, por lo que es vital revisar a conciencia las condiciones y asegurarse de aprovechar todas las deducciones disponibles.

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Artículo escrito por Guiomar Peña Díaz

 

 

 

 

 

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