La vivienda habitual tiene un tratamiento específico dentro del Impuesto sobre el Patrimonio. La normativa establece una exención que puede resultar especialmente relevante al calcular el patrimonio sujeto al Modelo 714.

Con carácter general, la vivienda habitual en el Impuesto sobre el Patrimonio está exenta hasta un importe máximo de 300.000 euros por contribuyente, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué significa la exención de 300.000 euros?

La exención de la vivienda en el Modelo 714 no significa necesariamente que la vivienda habitual quede completamente fuera del Impuesto sobre el Patrimonio.

Si el valor fiscal de la vivienda que corresponde al contribuyente no supera los 300.000 euros, ese importe puede quedar exento.

Cuando el valor sea superior, únicamente queda exenta la cantidad máxima prevista y el exceso debe tenerse en cuenta a efectos del impuesto. La Agencia Tributaria confirma expresamente que la parte del valor de la vivienda habitual que exceda de 300.000 euros forma parte de la base imponible.

Por ejemplo, si a un contribuyente le corresponde una vivienda habitual valorada fiscalmente en 450.000 euros, los primeros 300.000 euros podrían quedar exentos y los 150.000 euros restantes deberán analizarse dentro de su patrimonio.

¿La exención es por vivienda o por persona?

Este punto resulta especialmente importante cuando una vivienda pertenece a un matrimonio o a varias personas.

El límite de 300.000 euros se aplica al contribuyente que tenga sobre la vivienda habitual un derecho de propiedad, ya sea pleno o compartido, o determinados derechos reales de uso o disfrute, como usufructo, uso o habitación.

Por tanto, debe analizarse la parte de la vivienda correspondiente a cada titular.

Una vivienda con un valor elevado puede producir un resultado muy diferente dependiendo de si pertenece íntegramente a una sola persona o está compartida entre dos contribuyentes.

¿Cómo se determina el valor de la vivienda?

Para aplicar correctamente la exención, primero hay que determinar el valor fiscal del inmueble conforme a las reglas del Impuesto sobre el Patrimonio.

No debe utilizarse automáticamente el precio actual que podría alcanzar la vivienda en el mercado.

La valoración fiscal de los inmuebles sigue criterios específicos y debe realizarse antes de aplicar la exención de 300.000 euros. Por eso conviene diferenciar dos operaciones: primero se determina el valor que corresponde declarar y posteriormente se aplica, cuando proceda, la exención de la vivienda habitual.

¿Qué ocurre si existe una hipoteca?

La existencia de una hipoteca también requiere una revisión específica.

Cuando la vivienda está totalmente exenta, las deudas asociadas a esa parte exenta no son deducibles en el Impuesto sobre el Patrimonio. Si la exención es solamente parcial porque el valor de la vivienda supera los 300.000 euros, puede resultar deducible proporcionalmente la deuda correspondiente a la parte no exenta.

Por ello, no es correcto simplemente restar todo el capital hipotecario pendiente del valor de la vivienda.

Un elemento importante antes de presentar el Modelo 714

La vivienda habitual suele ser uno de los principales componentes del patrimonio de muchas personas, por lo que aplicar correctamente su valoración y su exención puede modificar de forma considerable el resultado de la declaración.

En Gestoría eMadrid podemos revisar la titularidad y valoración de sus inmuebles, comprobar la aplicación de la exención correspondiente y preparar correctamente su declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.

Consulte nuestro servicio de presentación del Modelo 714 – Impuesto sobre el Patrimonio.

 

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