Para calcular correctamente el Impuesto sobre el Patrimonio no basta con sumar el precio aproximado de los bienes que posee una persona. Cada tipo de activo tiene sus propias reglas fiscales y una valoración incorrecta puede alterar considerablemente el resultado de la declaración.

La valoración del Modelo 714 debe realizarse atendiendo a la situación existente a 31 de diciembre y aplicando las normas específicas previstas para cada categoría de bienes y derechos.

¿Cómo se valoran los inmuebles?

Los inmuebles constituyen uno de los elementos más importantes dentro de los bienes del Impuesto sobre el Patrimonio.

Con carácter general, los inmuebles urbanos y rústicos se valoran tomando el mayor de determinados valores establecidos legalmente. Entre ellos se encuentran el valor catastral, el valor determinado o comprobado por la Administración a efectos de otros tributos y el precio, contraprestación o valor de adquisición.

Por este motivo, no siempre debe utilizarse el valor de mercado actual de una vivienda.

Por ejemplo, una vivienda comprada hace años puede tener un precio de adquisición superior a su valor catastral, mientras que en otros casos puede existir un valor determinado por la Administración que resulte superior.

También existen reglas especiales para determinadas situaciones, como inmuebles arrendados mediante contratos antiguos, inmuebles en construcción, derechos de aprovechamiento por turno o supuestos de nuda propiedad.

¿Cómo se valoran las cuentas bancarias?

Las cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos tienen una regla diferente.

Para determinar su valor se compara, con carácter general, el saldo existente a 31 de diciembre con el saldo medio correspondiente al último trimestre del año.

Si el saldo medio del último trimestre resulta superior al saldo existente a 31 de diciembre, se utiliza el saldo medio.

Esta regla pretende evitar que determinadas retiradas de dinero realizadas antes de finalizar el ejercicio reduzcan artificialmente el patrimonio declarado.

Existen, no obstante, ajustes específicos para determinadas retiradas de fondos destinadas a adquirir otros bienes que también forman parte del patrimonio o a cancelar determinadas deudas.

Acciones cotizadas y otras inversiones

Las inversiones financieras tampoco se valoran siempre por el precio que tenían exactamente el 31 de diciembre.

Determinados valores negociados en mercados organizados se computan utilizando su valor medio de negociación correspondiente al cuarto trimestre del año.

Por ello, el valor que aparece en una aplicación bancaria el último día del ejercicio puede no coincidir con el que finalmente debe incluirse en la declaración.

Los fondos de inversión, participaciones en sociedades no cotizadas y otros instrumentos financieros disponen asimismo de reglas específicas de valoración.

En las participaciones de sociedades no cotizadas, por ejemplo, puede resultar necesario analizar el último balance aprobado y comprobar, entre otros aspectos, si ha sido auditado y cuál ha sido el resultado de dicha auditoría.

Otros bienes que pueden formar parte del patrimonio

El Modelo 714 puede incluir numerosos elementos además de viviendas y cuentas bancarias.

Entre ellos pueden encontrarse seguros de vida, rentas temporales o vitalicias, vehículos, embarcaciones, determinados objetos de arte, derechos reales, derechos económicos, participaciones empresariales e incluso monedas virtuales. La Agencia Tributaria contempla expresamente estas categorías dentro de la formación del patrimonio bruto.

Cada categoría debe analizarse de manera independiente.

La importancia de revisar correctamente cada activo

Uno de los errores más frecuentes consiste en aplicar el mismo criterio de valoración a todos los bienes o utilizar directamente su supuesto precio de mercado.

La correcta valoración del Modelo 714 requiere identificar previamente cada activo, comprobar su titularidad, determinar qué norma de valoración le corresponde y analizar posteriormente las posibles exenciones.

En Gestoría eMadrid podemos revisar su patrimonio, comprobar los valores fiscales aplicables y preparar la presentación del Modelo 714.

Consulte nuestro servicio de presentación del Modelo 714 – Impuesto sobre el Patrimonio.

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