Las diferentes clases de retenciones han sufrido modificaciones desde el 1 de Enero de 2016 y debemos tenerlas en cuenta como son:

  • Rentas del trabajo: Derivadas de relaciones laborales, estatutarias, pensiones y haberes pasivos tanto del sistema público, como del sistema privado.

-Las prestaciones y subsidios por desempleo, también se encuentran dentro de las rentas del trabajo.

-Los consejeros y administradores con un pago de rendimientos mayor de 100.000 euros, el tipo aplicable en 2015 era de un 37%, variando este año a un 35%

-En el caso de que sea menor de 100.000 euros, desciende de un 20% a un 19%

-Los cursos, conferencias y seminarios han pasado de un 19% a un 15%.

 

 

-La elaboración de obras literarias, artísticas o científicas ha bajado del 19% al 15%

 

  • Actividades profesionales: Si son de carácter general pasa del 19% al 15%

-Las actividades profesionales, como recaudadores municipales, mediadores… bajan de un 9% a un 7%

-Los profesionales de nuevo inicio (año de inicio y los dos siguientes) baja del 9% al 7%

  • Otras actividades económicas:

-Las actividades agrícolas, ganaderas y forestales se siguen manteniendo en el 2%, en cambio las de porcino, avicultura y empresariales están en 1%

-La cesión de derecho de imagen sigue en el 24% este año.

-Imputación rentas por cesión de derechos de imagen: El tipo aplicable hasta 2015 era de un 20%, este año es un 19%

  • Ganancias patrimoniales: Premios, concursos, rifas, aprovechamiento forestal de montes públicos… ha bajado de un 20% a un 19%
  • Capital mobiliario: Fondos propios de entidades, cesión a terceros de capitales propios, seguros de vida, propiedad intelectual, industrial, asistencia técnica, arrendamiento y subarrendamiento de bienes como muebles, negocios o minas han pasado de un 20% a un 19%

-Los rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen (siempre que no sea en una actividad económica) siguen en el 24%

  • Capital inmobiliario: Incluye los arrendamientos o subarrendamientos de bienes inmuebles urbanos, han disminuido de un 20% a un 19%

Fuente: Agencia tributaria española.

http://www.agenciatributaria.es

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