Con la presente campaña de la renta si usted tiene una unidad familiar deberá tomar la decisión de hacerla de forma individual o de forma conjunta.

La declaración de la renta conjunta interesa a los matrimonios en los que uno de los cónyuges no trabaja por lo que no tiene ingresos, o éstos son muy bajos, también si los hijos no perciben rentas.

 

  • En el caso de que la madre o el padre sea viudo, separado o no esté casado pero haya hijos menores que convivan en la casa, es recomendable la conjunta, con una reducción de 2150€

Si sólo trabaja un cónyuge interesa una declaración conjunta pudiéndose aplicar un mínimo personal de la renta y la reducción de la unidad familiar a 3400€

  • Si ambos trabajan sale mejor preparar una declaración individual, el mínimo es de 5550€
  • Si se opta por conjunta, el mínimo también sería de 5550€, sin importar el número de miembros que integran la unidad familiar.
  • En la tributación conjunta, si el contribuyente es mayor de 65 años, el importe mínimo pasa a ser de 6700€
  • Si es mayor de 75 años, el importe mínimo es de 8100€
  • En el caso de tener una hipoteca a medias, la deducción por vivienda es de 9040€ por ejercicio.

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Fuente: Cinco días www.cincodias.com | El economista www.eleconomista.es

 

 

 

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