A finales de 2015 y durante el año 2016 se aplicaron tres sentencias de la Audiencia Nacional: el 4 de diciembre de 2015 (caso Bankia), el 19 de febrero de 2016 (caso Abanca) y el 5 de mayo de 2016 (caso Banco Sabadell). Dichas sentencias indicaban que las empresas están obligadas a registrar la jornada diaria de sus trabajadores siempre.

Estas tres sentencias surgieron a partir de que en el Estatuto de Trabajadores no estuviese establecida la obligación de las empresas a no excederse en las horas extraordinarias que aplicaban a los trabajadores. En el artículo 35.5 de este estatuto se obliga a las empresas a registrar la jornada día a día, pero no tienen la obligación de computar la jornada diaria de los empleados si éstos no hacen horas extraordinarias.

Por tanto, el tribunal dictaminó que el registro diario es un requisito imprescindible para que no se produzcan estos excesos de jornada, ya que muchas empresas podían aprovecharse de esta situación.

Desde el mes de marzo del año pasado se han ido intensificando las “visitas” a las empresas desde la Inspección de Trabajo para comprobar si se cumple esta nueva normativa. Esto ha hecho que crezca el temor de las empresas a cometer irregularidades, ya que se enfrentan a sanciones que van desde los 60 a los 187.515 euros, según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.

Las inspecciones realizadas a las empresas suelen vigilar cuatro cuestiones: comprueban si se hacen horas extra y si éstas superan o no el límite legal de 80 horas al año; su remuneración y cotización; el registro de jornada por parte de la empresa; y la transmisión a los representantes de los trabajadores de la realización de dichas horas extraordinarias. Es el registro diario la cuestión que más está incomodando a las empresas, puesto que hasta ahora no se exigía.

En relación a este asunto, para Ignacio Jabato, socio de Laboral de Cuatrecasas, “el registro de la jornada es obligatorio”. Y además afirma que el registro “deberá incluir el horario completo de entrada y salida, una vez que se ha concluido la jornada”. También propone que este registro pueda realizarse en el propio centro de trabajo “para evitar su manipulación posterior”.

Por ello, los laboristas aconsejan a las empresas que lleven a cabo estos registros diarios, de la forma que libremente deseen.

Fuente: Cinco Días El País


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