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La comunidad amplia en 12 meses la tarifa plana de 50 euros que tiene que abonar un autónomo en la cotización de la Seguridad Social. De este modo, cuando finalicen los seis meses del incentivo estatal, los autónomos recibirán una ayuda por parte de la Comunidad de Madrid que les permitirá mantener el coste en la cuota de la Seguridad Social. También, pueden solicitarla los socios de cooperativas de trabajo asociados o de sociedades laborales encuadrados en el RETA. Están excluidos los autónomos colaboradores familiares, y los socios, familiares de socios o miembros de órganos administradores de sociedades mercantiles.

Los requisitos a cumplir son: realizar la actividad en la Comunidad de Madrid, mantener durante los 12 meses que dura la ayuda las condiciones que dieron derecho a disfrutar de las reducciones del Estado y estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social. El importe de la subvención se abonará en dos pagos anticipados: el primero para hacer frente al abono de las cuotas a la Seguridad Social de los meses 7 al 12, y el segundo, para hacer los abonos de los meses 13 al 18, correspondiente a los meses decimotercero a decimoctavo.

La solicitud se puede presentar de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda. También se podrá presentar en papel, en cualquier registro de la administración general del estado, de la comunidad autónoma o de los ayuntamientos.

Si el beneficiario no ha permanecido en alta o no ha cumplido durante todo el periodo todas las condiciones para recibir la ayuda deberá realizar el reintegro proporcional de la misma. Si tiene cualquier duda no dude en consultar con su gestoria autónomo madrid o su gestoria alta autónomo.

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