La escolarización de los hijos conlleva una serie de gastos como libros, uniformes, transporte, comedor, etc. Cada comunidad autónoma contempla una serie de requisitos para poder desgravar alguno de estos gastos en la declaración de la renta para esta campaña 2015. Te explicamos cómo funciona la deducción de gastos escolares para la Comunidad de Madrid.

 


 

En Madrid la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público contempla la posibilidad de desgravar parte de los gastos destinados a la escolaridad, vestuario e idiomas en Educación Básica Obligatoria.

La deducción total no podrá superar los 400 euros por hijo y únicamente ascenderá a 900 euros al incluir los gastos de escolaridad.

Estos gastos podrán desgravarse según los siguientes porcentajes:

 

  • Gastos de escolaridad (15%)
  • Gastos de enseñanza de idiomas (10%)
  • Gastos de vestuario escolar (5%)

 

En cualquier caso, la base imponible de los contribuyentes no podrá superar en euros la cantidad resultante de multiplicar por 30.000 el número de miembros de dicha unidad.

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