En el periodo de campaña de la Declaración de la Renta surgen dudas muy frecuentes sobre si los estudiantes que tienen un contrato de prácticas o que reciben una beca de formación o estudios tienen que presentar su declaración. Te lo explicamos.

 

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Como ya hemos explicado en anteriores ocasiones, están obligados a presentar la Declaración quienes obtengan rendimientos de trabajo por un importe superior a 22.000 euros anuales o a 11.200 euros siempre que estos se perciban por parte de más de un pagador. Pero, ¿qué pasa con los estudiantes que tienen un contrato de prácticas o que reciben un dinero de una beca de formación o estudios?

 

Los contratos de prácticas en los que el estudiante recibe retribuciones por parte de una entidad, se consideran rendimientos de trabajo. Por lo tanto, éstos tributan en la base imponible general de la declaración de la renta.

Otra cuestión son las becas o subvenciones económicas que se otorgan al estudiante con el fin de que continúe con sus estudios o investigaciones. Por regla general las becas se califican como rendimientos de trabajo, sin embargo, hay ciertas becas que están exentas de tributar:

 

Becas de estudios

Las becas concebidas para estudiantes que cursan estudios reglados en España y en el extranjero, están exentas de tributar en la Declaración de la Renta siempre que cumplan estos requisitos:

  • La convocatoria de la beca debe estar publicada en el BOE o en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma además de en la página web de la entidad o de un periódico de circulación nacional.
  • La adjudicación se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva.
  • Los becarios serán colectividades genéricas de personas.

 

 

Becas de formación de investigación

En el caso de las becas destinadas a la formación de investigación, el importe obtenido está exento de tributación en la Declaración de la Renta en su totalidad. Es decir, que ya sean concedidas por organismos públicos o por entidades sin fines lucrativos, estas becas no sufren retenciones ni tienen que declararse en el IRPF.

 

Para que la beca de formación de investigación esté exenta de tributar debe cumplir los siguientes requisitos:

 

  • La beca debe estar inscrita en el Registro General de Programas de Ayudas a la Investigación según el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero.
  • Los becarios deben ser graduados universitarios.
  • La beca debe concederse según los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad y estar orientada al desarrollo de actividades de formación y especialización científica o técnica.

 

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