Es el modelo oficial de declaración de los autónomos y profesionales que realizan una actividad económica de forma persona, o como socios de comunidades de bienes o de sociedades civiles deben declarar el beneficio de su actividad económica y tributar en el IRPF, obligados a efectuar cuatro pagos fraccionados de forma trimestral.

 

Se declara el beneficio acumulado de la actividad económica hasta el momento e ingresar, si es necesario, un porcentaje del beneficio a cuenta de la futura declaración anual del IRPF, que determinará finalmente el importe del impuesto definitivo.

Deben presentar el modelo 130 todas las personas físicas que desarrollen actividades económicas mediante estimación directa normal o simplificada, la normal para aquellos que superen los 600.000 euros y la simplificada para aquellos que no hayan superado esta cifra.

El primer trimestre para presentarlo es de 1 al 20 de abril.

El segundo trimestre para presentarlo es del 1 al 20 de julio.

El tercer trimestre para presentarlo es del 1 al 20 de octubre.

El cuarto trimestre es del 1 al 30 de enero.

A partir de la presentación del segundo modelo, habrá que presentar también todos los anteriores.

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