La Tarifa Cero para nuevos autónomos es una subvención dirigida a personas que emprenden por primera vez. Consiste en que, durante el primer y segundo año de actividad (será ampliable a otros 12 en caso de tener rendimientos netos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional), los autónomos que inicien su actividad en Madrid, Andalucía, Baleares, La Rioja, Canarias, Extremadura, Galicia y Aragón, tendrán bonificadas el 100 % de sus cotizaciones sociales

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Los autónomos tendrán un plazo máximo de 3 meses desde que finaliza el primer año de actividad económica para pedir la tarifa cero. Una vez completada la solicitud, la Tesorería le seguirá cobrando los 80 euros mensuales. Una vez notificada la resolución positiva, le será bonificada al beneficiario toda la cantidad pagada hasta el momento.

Para disfrutar de la tarifa cero durante el segundo año, el interesado debe demostrar que sus ingresos netos siguen siendo inferiores al SMI.

También podrán solicitar la Tarifa Cero para autónomos:

  • Aquellos que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y que hayan disfrutado de la cuota reducida durante 2 años.
  • Las víctimas de violencia de género o de terrorismo, con cuota reducida.
  • Las mujeres que se reincorporen en los 2 años posteriores a su cese por maternidad.
  • Aquellos autónomos que han estado a cargo de menores con enfermedad grave, acogidos a la cuota reducida.

Requisitos Tarifa Cero de Madrid:

  • Los autónomos que se dan de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por primera vez
  • Estar acogido a la tarifa plana alta autónomos de 80 euros. 

La tarifa plana estatal de 80 euros, es una cuota reducida de 80 euros al mes durante el primer año, independientemente de los ingresos del autónomo, que se mantendrá por 12 meses si los beneficios netos están por debajo del SMI.

  • No tener deudas o cuentas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social.
  • Tener el domicilio de su actividad en Madrid.
  • No ser autónomo colaborador.
  • No haber sido autónomo en los 2 últimos años.

 

La documentación necesaria para el formulario de la Comunidad de Madrid:

  • Un justificante de pago de la cotización que corresponda a los meses en los que haya disfrutado de la Tarifa Reducida (tarifa plana).
  • El alta en el Impuesto de Actividades Económicas para justificar que el domicilio del negocio está en la Comunidad de Madrid.
  • Certificado de la Agencia Tributaria que confirme que el autónomo cumple con sus obligaciones tributarias.
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social autónomos que verifique que cumple con sus pagos.
  • Si tiene que implantar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, el autónomo tendrá que presentar la acreditación de este o exento.

El plazo de respuesta de la Comunidad de Madrid se estima en 6 meses.

El pago de las ayudas autónomos se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el solicitante.

Para más información y asesoramiento no dude en contactar con nosotros. 

 

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