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¿Eres una persona emprendedora y quisieras emprendimiento una actividad económica en Madrid?, no lo pienses más, este es tu año para conseguirlo, verás que ganarás grandes responsabilidades, pero sentirás satisfacción de construir tu negocio por mérito propio.

El año 2019 trajo muchísimos avances en el ámbito social y para los autónomos, que ya contaban desde el 2018 con un decreto que había extendido para ellos el disfrute de sus prestaciones en el caso de ser asalariado, padecer alguna enfermedad laboral, incapacidad temporal, cese de actividad, y muchas otras, pero este 2020 promete venir con todo, así que ve y busca tu gestoría para emprendedores y manos a la obra.

El gobierno tomó un conjunto de decisiones que influirá de manera directa o indirecta sobre la cotidianidad del autónomo, muchas de las medidas propuestas ya han sido aprobadas mientras que otras aún están en espera.

Algunas de las medidas que están por aprobar son: tener acceso a la información respectiva a trabajadores que se hayan dado de alta a principios del 2019 y que hayan cotizado durante todo el año en formación, siendo este 2020 cuando podrán disfrutar de sus prestaciones. Además de esto se están presentando dos opciones: formación bonificada o a oferta.

Este nuevo año trae muchísima información nueva para los autónomos y para las pequeñas empresas que puede llegar a incrementar Los costos laborales de muchos, e incluso modificaciones en los libros de registro del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas que pueden llegar a afectar la manera en la que se ha llevado la contabilidad.

Entre las medidas ya aprobadas este 2020 encontramos:

  • Los autónomos que tengan hijos podrán disfrutar de un período de 12 semanas de permiso. El objetivo de esta norma es permitirle a estos padres contar con 4 semanas adicionales a su baja.
  • El boletín oficial del estado hizo pública una orden en la cual se evidenciaba una nueva metodología para los autónomos poder presentar su impuesto sobre la renta de personas físicas, los que se encuentren acogidos bajo el régimen de estimación directa simplificada, aquellos que ejercen una actividad empresarial que no sea de carácter mercantil y los que se encuentran integrados al método de estimación objetiva se le se reducirán las amortizaciones. Todos estos deben cumplir con esta obligación, a excepción de los autónomos que lleven a cabo los trámites contables de acuerdo al código de comercio.
  • Para este 2020 los autónomos deben incluir su número de identificación fiscal en cualquier libro de ventas e ingresos, así como también en sus gastos y compras realizadas, en base a esto es indispensable que los trabajadores cuenten con su identificación.
  • Los borradores de IVA serán puestos en marcha este nuevo año así que los autónomos comenzarán a recibir un borrador en el cual se verá plasmado su declaración trimestral del IVA, no todos los afiliados al RETA recibirán este documento, por ejemplo, los que forman parte de una entidad o grupo que se encuentre incluido en el Registro De Devoluciones Mensuales o aquellos resguardados por el régimen del IVA de caja.
  • El BOE dio a conocer una resolución en la que permitía ofrecer ayudas para aquellos trabajadores autónomos que sufrieran cualquier tipo de accidente laboral.
  • Ya es público el nuevo calendario fiscal 2020 en el cual podrán verse plasmadas todas las obligaciones fiscales y el plazo para presentar los modelos tributarios obligatorios, ya sea, trimestral o anualmente.
  • Hacer más fácil y mucho mejor el manejo del IVA y todas las transacciones que puedan realizarse entre los países de la Unión Europea.
  • Un incremento anual de la base mínima de cotización es uno de los más relevantes pero que aún está en espera, mientras tanto, se continúa con lo anteriormente aprobado en el año 2019 en base a una cotización mínima de 944 , 40 € y una máxima de 4070 , 10 €. Este 2020 el tipo de cotización se verá incrementada 1% situándose en un 30, 3% que se ve argumentada por un incremento en el cese de la actividad.
  • La subida del salario mínimo interprofesional qué pasó de 900 € a 1000 de acuerdo a los planteamientos efectuados por el gobierno pero que están por aprobarse. Los autónomos que cuenten con trabajadores bajo su responsabilidad percibiendo de esta retribución tendrán que asumir de forma mensual algunos costos laborales totales dentro de los cuales estarán inmersos tanto al salario como las cotizaciones sociales.

Anteriormente pagaban 1393, 88 € que en la actualidad pasarán a ser 1548, 75 €, es decir, se le estarán adicionando 154, 87 € al mes, cuya suma total al año serán 2168,18 € por cada uno de los trabajadores que se encuentren empleados.

Necesitas recibir asesoría y gestoría respecto a los impuestos, ya que entre las obligaciones que tendrás al ser autónomo está la presentación de la declaración de renta como Autónomo, esta debes llevarla a cabo anualmente, si tú ingreso llega a ser menor de 1000 € de igual forma debes presentar dicha declaración, en base a esto podrás tener un justificativo de la renta y de cualquier trámite que sea de tipo administrativo.

A pesar de obtener una gestoría de impuestos puede que no tengas un borrador completo de la Renta en Hacienda pero descubrirás qué gran información respectiva a esto ya se encuentra en la base de datos de la misma, información respecto a renta, nómina, ingresos, declaraciones e impuestos, y puede estar incompleto en vista de que Hacienda no tendrá la información absoluta de la actividad económica.

Dentro de la información anual que debes presentar también tienen que estar reflejados los gastos de la actividad económica que emprendiste, recuerda ser puntual con este tipo de responsabilidades.

Puede pasar que al momento de declarar la renta existan modificaciones o variaciones que dependerán del tipo de metodología que se utilizó para realizar los cálculos de los beneficios obtenidos.

Tienes que informarte sobre las ayudas y subvenciones que existen para los nuevos autónomos, y preocuparte en aprender cuáles son los tipos de subvenciones, y si estará condicionada al importe o no.

La subvención directa incondicionada: es muy popular porque no exige explicaciones respectivas a cuál fue el destino de una inversión en particular, y el autónomo no tendrá que justificar el uso que le haya dado, por ser una de las ayudantías perfectas suele ser la más difícil de encontrar, ya que la administración pública no está de acuerdo de entregar dinero proveniente de sus fuentes sin siquiera saber en que serán invertidos.

Subvención financiera: este contará con una bonificación en los diferentes tipos de intereses de las distintas entidades crediticias, con esto lo que se quiere decir es que, si el autónomo acude un banco en solicitud de un crédito o préstamo para invertir en su negocio, el instituto de crédito oficial y otros programas te ofrecerán una mayor cobertura frente a los intereses

Como autónomo nuevo te enterarás de la existencia de una bonificación de cuotas, una de las más relevantes es la tarifa plana, esta es la mayor ayuda conocida, destinada a contribuir con el desarrollo económico y comercial del emprendedor inexperto, esto por medio del pago de una tarifa en base a la cotización mínima con un 80% de descuento durante los primeros 12 meses, del 50% los 6 meses siguientes, y luego del 30% hasta haber cumplido los 24 meses.

Es más común de lo que podemos imaginar que los requisitos para solicitar una ayuda o subvención de autónomos no están completos, por características ajenas a nuestra voluntad como edad, sexo, la actividad que piensa ser emprendida, situación laboral, u otras.

Asegúrate de tener la ayuda de una gestoría general que pueda orientarte respecto a esta información y además te tenga al tanto de las convocatorias o boletín oficial del estado o BOE, y revisar con frecuencia las páginas web de carácter informativo que puedas utilizar como referencia, cuenta siempre con tu gestoría cerca.

Hay que tener un registro y una reserva de todas aquellas facturas que poseas, en vista de que sí es una subvención condicionada, la parte administrativa te solicitará que justifiques el uso de los fondos que obtuviste como ingresos, esto es sumamente delicado y no puede mentir al respecto ya que puede ser multado, esto es sumamente delicado, por lo que lo más recomendado es contar con tu gestoría para autónomo.

Además de lo antes mencionado también va existir gestoría en la Constitución de sociedades de responsabilidad limitada, tu gestor debe indicarse cuáles son los requisitos para llevar a cabo este procedimiento, pero en esencia son los que se mencionarán a continuación:

  • Debes realizar una solicitud por el notario al registro mercantil central donde el registro debe realizar una emisión del certificado negativo de denominación.

Este certificado estará listo en un período de duración de tan sólo un día hábil a partir de su solicitud.

  • La normativa indica que existirá un plazo para otorgar la escritura de la constitución de dicha sociedad. (Un día hábil)
  • Necesitarás una copia autorizada de la escritura de la constitución de la misma será de responsabilidad limitada otorgada por el notario del registro mercantil, y el mismo día se le entregará una copia digital.
  • El plazo de calificación e inscripción llevado a cabo por parte del que realice el registro mercantil será de 3 días laborables.
  • Esta inscripción debe ser acreditado por el registro de las sociedades así como también los administradores que hayan recibido la designación en la escritura, es válido con tan sólo presentar la certificación electrónica.
  • El notario que autoriza la escritura de la Constitución de la sociedad solicitar de forma telemática a la agencia Estatal de Administración Tributaria una asignación provisional que contenga el número de identificación fiscal.
  • Después de que la sociedad se encuentre inscrita el encargado del registro mercantil denunciará a la agencia Estatal de administración tributaria y ésta le avisará al notario y al registrador mercantil con carácter definitivo el NIF.
  • luego se hará pública la inscripción de esta sociedad en el boletín oficial del registro mercantil la cual estará exenta del pago de la tasa.
  • Se efectuará el cobro de aranceles registrales y notariales, siendo de 100 € para el registrador y 150 € para el notario.

¿Cuáles son los pasos para poder constituir una sociedad limitada?

  • Debes conseguir el nombre de la sociedad que piensas constituir a través de un certificado que debe ser otorgado por el registro mercantil central.
  • necesitas aperturar una cuenta bancaria que sea de uso exclusivo para la sociedad.
  • Necesitas entregarle a tu notario todos los antecedentes posibles para la constitución de la sociedad.
  • Posteriormente se procede a firmar la escritura que constata la Constitución de la sociedad en la notaría que se haya elegido.
  • Debes obtener tu código de identificación fiscal correspondiente a la sociedad.
  • El notario debe emitir una copia con la autorización de la escritura de Constitución de dicha sociedad al registro mercantil.
  • Por último debes obtener una inscripción y la calificación de la escritura llevado a cabo por el registrador mercantil.

Recuerda que solo contarás con tres días hábiles para procesar tu inscripción y necesitas pagar los honorarios por menos de 100 €.

Con todo y que puede resultar muy confuso por la gran cantidad de trámites y procedimientos que hay que realizar no hay excusa para no estar informado, ya que hoy en día tenemos una valiosa herramienta como lo es el internet, qué pone al alcance de tu mano la gestoría Online para autónomos.

Al hacer uso de este tipo de gestoría verás que hay muchos procedimientos que puedes llevar a cabo desde la comodidad de tu casa con sólo ingresar desde el ordenador a la página web de las diferentes instituciones y rellenando los formularios solicitados.

Además de que puedes hacer uso de una consultoría y buscar una gestoría barata en Madrid que te ofrezca planes y servicios que ofrezcan ayudarte con la realización de todo este papeleo, incluso tener un representante que acuda Hacienda o a la Seguridad Social para tramitar los pendientes.

 

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