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La Comisión de Hacienda y Función Pública del Senado ha propuesto al Gobierno la investigación del cáncer, las enfermedades cardiovasculares o las raras forme parte de la recaudación obtenida por la casilla solidaria de la declaración de la Renta, que supone el 0,7% de la recaudación total.
La iniciativa incluso propone la creación de una nueva casilla en la declaración para que el contribuyente pueda destinar una parte a la investigación de enfermedades. Desde el Senado defienden que, al igual que ocurre con la iglesia y otras actividades de interés social, es también justo que una parte de los ingresos vayan a parar a este tipo de investigaciones.
Esta propuesta ha sido aceptada por todos los grupos políticos salvo el PNV, que se abstiene y el PP que, a pesar de que se muestra a favor, ha presentado una enmienda de sustitución debido a que ello no puede suponer la “reducción para las opciones ya establecidas en dicha asignación”. El Partido Popular opina que esta creación de nuevas casillas podría crear “una segregación que restaría eficiencia y eficacia, atomizaría los recursos y eliminaría la esencia de lo que la medida pretende”.
No obstante, a pesar de estas puntualizaciones, es muy probable que estas peticiones se lleven a cabo ya que la mayoría de las formaciones están a favor del estos cambios, que deberían realizarse mediante los Presupuestos Generales del Estado (PGE)
Fuente: Elconfidencial.com
Según ha confirmado el banco Santander a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la entidad emitirá participaciones preferentes convertibles en acciones. Así continuará con sus emisiones de deuda.
Santander planea emitir la cifra de 2.000 millones de participaciones de este tipo, y según afirma la entidad “se dirigirá únicamente a inversores cualificados”. Además, estos títulos se lanzarán “con exclusión del derecho de suscripción preferente de sus accionistas”.
La entidad española ha solicitado la ayuda de Deutsche Bank, Goldman Sachs, HSBC, Société Générale y UBS para poder realizar esta operación. Esta aceleración de emisiones de deuda por parte de Santander se debe a la propia necesidad de absorber pérdidas y se lleva realizando desde que comenzase el presente año.
Fuente: Expansion.com
Según los datos ofrecidos por Urban Science para la Asociación Nacional de Importadores de Automóviles, Camiones, Autobuses y Motocicletas (Aniacam), la marca francesa Renault, con un total de 3,42 millones de unidades, es la que más vehículos mantiene en circulación en el conjunto del parque automovilístico de nuestro país.
Este dato significa que el 11,28% de coches que circulan sobre el total del parque de vehículos en España son pertenecientes a Renault. La segunda marca automovilística en este ránking es la también francesa Citroën, con 3,3 millones de vehículos en circulación. En tercera posición encontramos una firma española, Seat, con 2,91 millones de unidades, suponiendo una cuota del 9,6% del total de vehículos en las carreteras de nuestro país.
Las siete siguientes marcas automovilísticas hasta llegar a las diez primeras son: Peugeot (2,46 millones de unidades), Ford (2,43 millones), Opel (2,12 millones de vehículos en circulación), Volkswagen (2,07 millones), Mercedes-Benz (1,38 millones de vehículos), Nissan (1,25 millones de unidades) y por último Audi (992.137 millones de vehículos en circulación).
Según ofrece Aniacam, de todos los vehículos en el conjunto del parque automovilístico en España, 30,36 millones son turismos, un 75% del total, mientras que 2,38 millones de unidades eran derivados de turismos (como por ejemplo las motocicletas), con un 7,8% del total. Existen 2,74 millones de todoterrenos en el conjunto del parque español (un 9%). En el otro lado de la balanza, los camiones tienen un porcentaje muy bajo del total de vehículos en circulación, con un 0,5% y solamente 166.419 unidades. También los autobuses y los autocares tienen una cuota baja, con el 0,8% del total y 58.575 de estas unidades.
Fuente: Europapress.es
En las campañas de la renta se establecen ciertas diferencias entre las comunidades autónomas que componen nuestro país, tanto en deducciones para los contribuyentes como impuestos propios de las comunidades, etcétera. Entre los 79 impuestos propios que tienen las comunidades autónomas, los principales son los que gravan premios del bingo, bolsas de basura o depósito de residuos.
A la cabeza de la lista del número de impuestos propios por comunidades se encuentra Cataluña con 14, mientras que las dos Castillas (Castilla-La Mancha y Castilla y León) están a la cola con 2.
ÂÂ Madrid tiene 4 impuestos de este tipo: una tarifa de depuración en aguas residuales, un impuesto sobre la instalación de máquinas en establecimientos de hostelería autorizados, otro sobre depósito de residuos y un recargo sobre el Impuesto de Actividades Económicas. Aun así, es la comunidad autónoma que menos ingresa en este tipo de impuestos, con 6,23 millones de euros recaudados en 2015, lo que supone el 0,3% de los ingresos tributados propios en España.
Fuente: Expansion.com
La reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2015 hizo que se eliminase la deducción por alquiler de vivienda para contratos firmados a partir de esa fecha. Aun así, los propietarios cuentan con una serie de deducciones siempre que declaren las rentas provenientes del alquiler de su vivienda.
Las deducciones que se pueden aplicar tienen que ver con gastos relacionados con el mantenimiento de la vivienda y existen reducciones de los ingresos totales por el arrendamiento. Estos son los diferentes puntos por los que se puede deducir:
-Los intereses producidos por créditos que utilizamos para la compra de la vivienda.
-Los impuestos y tasas estatales que incidan sobre los rendimientos o la vivienda, como el IBI, la tasa por limpieza, recogida de basuras o alumbrado, vado y los gastos de comunidad.
-Los gastos de formalización del arrendamiento y los de defensa de carácter jurídico.
-Los gastos de conservación, mantenimiento y reparación.
-La prima del seguro de hogar.
-La amortización del inmueble y de los bienes que contenga
-Los gastos de administración, cuidado de jardines, vigilancia, portería y otros servicios relacionados con la finca.
Además, puede reducirse un 60% de los ingresos del alquiler y al contrario de como venía sucediendo en años anteriores, ya no se tiene en cuenta la edad del inquilino.
Estas deducciones no se aplican a todos los alquileres, como el caso de las viviendas vacacionales, ya que solamente se alquilan por breves temporadas. En el caso de los alquileres a estudiantes, si se pueden deducir los conceptos anteriormente mencionados, ya que para la Agencia Tributaria el período habitual (de septiembre a junio) sí es lo suficientemente amplio.
En el caso de los inquilinos, solo podrán deducir el alquiler si firmaron el contrato antes del 31 de diciembre de 2014, y si ha realizado un alquiler con opción a compra, se harán las deducciones por alquiler hasta que se ejerza esta opción.
Fuente: Finanzas.com