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A pocos días para que arranque la campaña de la renta 2020-2021, muchos contribuyentes se preguntan que deben tributar a Hacienda según su situación personal y familiar.

La primera de las cuestiones es conocer la situación familiar actual, si estas casado o no y si tienes descendientes a tu cargo o no. Si es el caso una de las elecciones que más interesan es la tributación conjunta.

Uno de los beneficios de la tributación conjunta como unidad familiar es la reducción de la declaración. La cuantía dependerá del tipo de unidad familiar, siendo de 3.400 para las que están compuestas por ambos cónyuges y sus hijos(si los hubiera) y de 2150 euros a las unidades formadas por el padre o la madre y los hijos que convivan con uno o con otro.

Una vez ejercitada la opción por tributar de forma individual o conjunta, solo es posible modificar dicha opción presentando nuevas declaraciones dentro del plazo reglamentario de presentación.

¿Y qué pasa si tengo pareja y no tengo hijos?

En este caso las personas solteras o parejas de hecho con hijos también podrán tributar conjuntamente con uno de los progenitores con sus hijos menores de edad y mayores incapacitados judicialmente ,en cambio el otro miembro de la pareja tendrá que presentar la declaración de la renta de forma individual.

Si tienes pareja sin estar casados y no tienes hijos aunque sean pareja de hecho no podrán presentar la declaración de la renta de forma de conjunta advierte la Agencia Tributaria. En el caso de parejas divorciadas o separadas con hijos menores de edad y mayores incapacitados judicialmente, uno de los progenitores podrá tributar conjuntamente con ellos. Pero ojito, en ningún caso ambos progenitores podrán presentar la declaración de la renta de forma conjunta.

¿Cuáles son los beneficios por tributación conjunta?

Se aplicará una reducción de la base imponible de 2.150 euros anuales, únicamente cuando los hijos convivan con uno de sus progenitores. Asimismo en el caso de tener una custodia compartida ,los progenitores deberán ponerse de acuerdo para aplicar la reducción ,ya que solo uno de ellos puede aplicarla.

¿Qué deducciones se pueden aplicar en la declaración?

Pues los beneficios en la declaración de la renta según las circunstancias familiares y personales serán el resultado de los siguientes ejercicios:

  1. Mínimo del contribuyente: con carácter general es de 5.550 euros anuales.
  2. Mínimo por descendientes: hijos, nietos, bisnietos, personas tuteladas o acogidas, con guarda y custodia atribuida por resolución judicial que convivan con el contribuyente y que cumplan con una serie de requisitos.
  3. Mínimo por ascendientes a cargo.
  4. Mínimos por discapacidad.

Las cuantías aplicables por descendientes a cargo serán de 2.400 euros anuales por el primero, de 2.700 euros anuales por el segundo, de 4.000 euros anuales por el tercero y de 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes. Cuando el descendiente sea menor de tres años, "el mínimo que corresponda de los indicados anteriormente se incrementará en 2.800 euros anuales" y también se aplicará en los supuestos de "adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, con independencia de la edad del menor".

En caso de tener reconocida una discapacidad el mínimo se incrementará en 3.000 euros anuales, si es igual o superior al 33% e inferior al 65% y en 9000 euros si es igual o superior al 65%.

Si se da el caso de tener ascendientes a cargo, la cuantía será de 1150 euros anuales por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad, independientemente de su edad. Y si la persona tiene más de 75 años se aplicarán 1400 euros anuales adicionales de cuantía. Si esta persona tiene reconocida una discapacidad, se incrementara el mínimo a 3.000 euros anuales si es igual o superior al 33% e inferior al 65% y en 9.000 euros anuales si es superior al 65% del grado de discapacidad.

Gestionamos su declaración de la renta 2020,desde nuestra declaracion renta gestoria EMadrid estaremos encantados de atenderle y contamos con una plantilla de profesionales especializados en este tipo de trámites.Contacte con nosotros en caso de duda.

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