Alta autonomo - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Telf. 914458632 Gestoria alta autonomo

 

LAS NOVEDADES DEL 2019 PARA ALTA COMO AUTONOMO

¿Qué es darse de alta autonomo dependiente o Trade?

El trabajador al darse de alta de autonomo dependiente o TRADE, significa que es «aquel que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales». Con nuestra gestoria alta autonomo, usted tendrá más detalles.

En este artículo le decimos para que un alta de autonomo pueda ser considerado económicamente dependiente debe reunir una serie de condiciones, le recomendamos acudir a gestoria autonomo para más información:

  • No puede tener trabajadores bajo contratación ni puede externalizar su actividad ni total ni parcialmente.
  • No puede realizar sus servicios de manera igual a los trabajadores por cuenta ajena contratados por el cliente principal.
  • Debe disponer de infraestructura y recursos propios para la realización de su actividad, independientes de los del cliente.
  • El trabajo se realizará según los criterios propios sin prejuicio de seguir indicaciones del cliente.
  • Percibirá una retribución variable.
  • No puede ser titular de locales comerciales, industriales ni de oficinas de servicio al público
  • No puede ejercer su actividad de manera conjunta con otros autónomos mediante sociedades.

¿Cuáles son los cambios que se presentan para el 2019 y los próximos años si voy a darme de alta como autonomo?

Para 2019 se visualizan cambios para el alta autonomos madrid y en general en toda España. Para alta autonomo en seguridad social, se debe considerar que la base mínima de los autónomos subió un 1,25% a partir del 1° de enero, hasta los 944,40 euros mensuales. Además, el tipo de cotización pasará a ser del 30%, con lo que los trabajadores por cuenta propia deberán pagar 5,36 euros más al mes (64 euros más al año) de lo que pagan actualmente, aunque a cambio recibirán una mayor protección. La cuota mensual para alta autonomos personas físicas será de 283,3 Euros si cotizan por la base mínima. Con nuestra gestoria online autonomo, usted comprenderá con más detalle estas novedades.

Para alta en autonomos societarios, la base mínima subió a 1.214,08 Euros mensuales y su cuota mensual es de 364,22 Euros, lo que significa 6,89 Euros adicionales cada mes con relación a 2018. 

En los próximos 4 años, a partir de 2019 a 2022, habrá un incremento escalonado del tipo de cotización así:

2019

30%

2020

30,3%

2021

30,6%

2022

Por definir

Con gestoria alta autonomo, le ayudamos a calcular su cuota mensual.

En 2022 el tipo será el fijado de forma definitiva.

Son varios los cambios que se prevén para los próximos 4 años entre ellos

  1. Para alta autonomos tarifa plana actualmente es de 50 euros al mes, ésta subirá hasta los 60 euros al mes, tendrá una ampliacion tarifa plana autonomos comunidad de madrid y toda España, manteniéndose tras los 12 primeros meses las bonificaciones posteriores actuales de la tarifa plana autonomos madrid. Los beneficiarios de la misma tendrán acceso a los mismos derechos y prestaciones.
  2. Asimismo, entra en vigor un nuevo tipo de infracción grave para prevenir la posible utilización de la figura del alta autonomo El Gobierno sancionará con multas de entre 3.126 euros de mínimo y 10.000 euros de máximo a las empresas que encuadren trabajadores en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) debiendo estar en el Régimen General.
  3. Por otro lado, los contratos de duración igual o inferior a 5 años pasan a tener un recargo sobre la cuota empresarial del 40%, frente al 36% actual.

Contáctenos y le brindaremos toda gestoria alta autonomo que usted necesita si usted tiene inconvenientes o dudas con todas las novedades del presente año.

La subida de cotización conlleva mejoras en la protección de los autónomos, ya que se mejora el acceso a la prestación por cese de actividad, flexibilizando los requisitos actuales y ampliando la duración de la prestación. Asimismo, los autónomos tendrán derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja, y todos los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a la formación continua y al reciclaje profesional. Además, los autónomos no pagarán la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta. Con nuestra gestoría autonomo le aclaramos todas sus inquietudes.

¿Cuál es la diferencia entre alta como autonomo personas físicas y alta autonomo colaborador?

El modelo alta autónomo conocido en el mercado laboral puede presentarse con dos figuras: la primera, darse de alta como autonomo societario significa cuando un trabajador por cuenta propia que pone en marcha, con uno o más socios, una empresa del tipo Sociedad Mercantil. Por otro lado, darse alta de autonomos persona física es quien realiza una actividad económica o profesional por cuenta propia, fuera del ámbito de dirección.

El primer caso se presenta cuando se proyectan negocios de gran cuantía e inversiones altas que representan registros legales y pagos de impuestos mayores, es una de las desventajas que tiene frente a la obligacion alta autonomos personas físicas, cuyos trámites y costos son mucho menores. Existen varios tipos de alta autonomos societarios: aquellos que trabajan como socios administradores y los que no tienen funciones de dirección. Contamos con profesionales especializados en gestoria autónomo para solucionar todas sus inquietudes y acompañarlo en proceso de alta en seguridad social autónomo.

La seguridad social alta autonomo que trabajan como socios administradores es la siguiente:

- Si un administrador tiene más del 25% del capital de la sociedad, deberá estar dado de alta como autónomo y emitir mensualmente una factura a la propia empresa con sus servicios.

- En caso de que el socio administrador tenga menos del 25% del capital de la Sociedad se podrá emitir una nómina cada mes para cobrar su salario como trabajador, sin embargo, no estará cotizando bajo el Régimen General de la seguridad social alta autonomos, si no bajo el Régimen General Asimilado. Esta medida está especialmente pensada para evitar algunos fraudes, como despedirse a sí mismo para cobrar la prestación por desempleo.

Los requisitos para darse de alta en autónomos en la seguridad social que no tienen funciones de dirección son los siguientes:

  • En los casos en los que el socio posea menos del 33% del capital de la empresa podrá cotizar y estar dado de alta autonomo en el Régimen General de la Seguridad Social y, por tanto, recibir un salario cada mes.
  • En caso contrario, en el que el socio sí posea más del 33% del capital social debe darse de alta de autonomo en la seguridad social y ha de emitir una factura a la propia empresa cada mes para percibir un salario por sus servicios. Si este socio es el único de la sociedad deberá acogerse a esta modalidad en cualquier caso, pero además deberá atender a las gestiones empresariales de manera que no sólo deberá cotizar como alta de autonomo seguridad social y cumplir con las obligaciones fiscales que requiere, también incumbirá en las gestiones de la sociedad y la contabilidad de ésta.
  • Otro supuesto que puede darse es que un socio conviva con un familiar que también sea socio y posea más del 50% del capital de la sociedad. En este caso, deberá darse alta como autonomos seguridad social. Sin embargo, si un socio posee con un familiar más del 50% del capital de la empresa pero no conviven, podrá cotizar bajo el Régimen General de la Seguridad Social.

Pidiendo su cita puede tener gestoria alta autónomo o también puede a nuestros profesionales para gestoria online autónomo.

¿Qué significa darse de alta autonomo falso?

Hablamos del falso alta autonomo, como una figura que pese a tener relación laboral con la empresa está encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social; sin embargo, en el seno de la empresa ejerce como trabajador por cuenta ajena, en términos de total dependencia, ajenidad y retribución.

Para identificar la situación al darse de alta como autonomo falso han de darse los criterios que definen la relación laboral con la empresa: la dependencia y la ajenidad en los riesgos. Cabe recordar que aunque la relación del falso autónomo con la empresa legalmente es de tipo laboral se está formalizando a través de contratos mercantiles o civiles que podrían ser declarados nulos por la Inspección de Trabajo al detectar que a efectos prácticos la relación es laboral. 

  • En una relación de dependencia el trabajador desarrolla su actividad dentro de una organización y con una dirección que ejerce el empresario y se materializa en una serie de directrices fijadas como horarios, retribución, medios de producción, etc…
  • El concepto de ajenidad en los riesgos viene a decir que en una relación laboral el coste del trabajo lo asume el empresario y el resultado del mismo se incorpora al patrimonio de la empresa, consignándose como ganancia o pérdida.

En definitiva, el darse de alta autonomo madrid falso desempeña las labores correspondientes a un trabajador dependiente pero con las obligaciones de un trabajador autónomo: darse de alta en el RETA y en Hacienda adquiriendo todas las obligaciones que conlleva su condición ficticia de trabajador por cuenta propia: hacer frente a la cuota mensual de autónomos, emitir factura a la empresa por sus servicios y asumir el pago de impuestos.

Para identificar la situación al darse de alta como autonomo falso han de darse los criterios que definen la relación laboral con la empresa: la dependencia y la ajenidad en los riesgos. Cabe recordar que aunque la relación del falso autónomo con la empresa legalmente es de tipo laboral se está formalizando a través de contratos mercantiles o civiles que podrían ser declarados nulos por la Inspección de Trabajo al detectar que a efectos prácticos la relación es laboral. 

  • En una relación de dependencia el trabajador desarrolla su actividad dentro de una organización y con una dirección que ejerce el empresario y se materializa en una serie de directrices fijadas como horarios, retribución, medios de producción, etc…
  • El concepto de ajenidad en los riesgos viene a decir que en una relación laboral el coste del trabajo lo asume el empresario y el resultado del mismo se incorpora al patrimonio de la empresa, consignándose como ganancia o pérdida.

En definitiva, el darse de alta autonomo madrid falso desempeña las labores correspondientes a un trabajador dependiente pero con las obligaciones de un trabajador autónomo: darse de alta en el RETA y en Hacienda adquiriendo todas las obligaciones que conlleva su condición ficticia de trabajador por cuenta propia: hacer frente a la cuota mensual de autónomos, emitir factura a la empresa por sus servicios y asumir el pago de impuestos.

¿Cuáles son las sanciones por contratar y darse de alta autónomo falsos?

Promover al trabajador a falsamente hacerse autonomo madrid y cualquier ciudad de España, constituye fraude laboral para la Inspección de Trabajo que se apoya en la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social y el artículo 22 para establecer como infracción grave “no solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido”.

Recordemos que las empresas obligan al falso alta autonomo madrid a cursar su alta en el RETA sin asumir la afiliación del trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social. 
La cuantía de las sanciones derivadas por tener falsos alta autonomo online varían en función del grado:

  • Sanción de grado mínimo: de 3.126 a 6.250 euros.
  • Sanción de grado medio: de 6.251 a 8.000 euros.
  • Sanción de grado máximo: de 8.001 a 10.000 euros.

Además, de obligar al empresario al alta autonomo inmediata del trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social, la Inspección de Trabajo también puede exigir el pago de las cuotas por el tiempo en que el trabajador debería haber estado cotizando por el Régimen General; las cuotas reclamadas pueden ser las de los últimos cuatro años a las que se suman recargos entre el 100% y 150% en concepto de cotizaciones no ingresadas.
Tener en plantilla falsos autónomos no solo puede ser constitutivo de fraude laboral sino incluso de delito penal si el importe de esas cuotas impagadas en los últimos cuatro años suman la cifra de 50.000 euros. Conozca más de esta delicada situación con nuestra gestoría autonomo.

En Gestoria eMadrid le ofrecemos toda la gestoria alta autonomo  y acompañamiento en trámites que requiera con un gestor autonomo experto y sin cita previa alta autonomos. Si usted va a darse de alta autonomo persona física o societaria y requiere gestoría autonomo para conocer todos acerca de los trámites de alta autonomo hacienda y alta autonomo online seguridad social, contáctenos en www.gestoriaemadrid.com, allí puede encontrar la más completa información de nuestros servicios profesionales. También puede llamarnos al Teléfono 91 445 86 32 o visitarnos en Calle General Álvarez de Castro, 41 - Escalera Izq. 1º Oficina 10, Madrid, España o escribirnos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y nuestro personal le dará la gestoria online autonomo a la mayor brevedad. Tenemos excelentes precio gestoria autonomo para usted.

 

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